Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2017 (17/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Miércoles 17 de mayo de 2017
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios

NORMAS LEGALES
GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 5005394 : Promociones Comerciales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios

11
En Soles

38 746 850,00 58 198,00

777 759,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 5005394 : Promociones Comerciales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 5 280,00

777 759,00

5 280,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0139 : Disminución de la Incidencia de los Conflictos, Protestas y Movilizaciones Sociales Violentas que alteran el Orden Público PRODUCTO 3000764 : Eventos Públicos Vigilados y Controlados ACTIVIDAD 5005760 : Identificación, Monitoreo y Alerta de Conflictos y Otros Eventos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 2 000,00 ------------------44 330 926,00 ===========

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0139 : Disminución de la Incidencia de los Conflictos, Protestas Y Movilizaciones Sociales Violentas Que Alteran El Orden Público PRODUCTO 3000764 : Eventos Públicos Vigilados y Controlados ACTIVIDAD 5005760 : Identificación, Monitoreo y Alerta de Conflictos y Otros Eventos En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios 2.5 Otras Gastos 4 342 249,00 118 298,00 26 863,00 10 000,00 2 000,00 ------------------44 330 926,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 234 409,00 20,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001854 : Autoridad Política FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios 9 000,00

38 746 850,00 58 198,00

Única.- Autorízase a la Unidad Ejecutora 001 Oficina General de Administración del pliego 007: Ministerio del

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