Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2017 (19/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de mayo de 2017 /

El Peruano

para el referido Despacho, siendo necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Elizabeth Noemí Catari Espinoza, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 907-2016-MP-FN, de fecha 26 de febrero de 2016. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Anabel Rocío Aparicio Llacsa, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Sandia, Distrito Fiscal de Puno, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Sandia, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4656-2016-MP-FN, de fecha 11 de noviembre de 2016. Artículo Tercero.- Designar a la abogada Anabel Rocío Aparicio Llacsa, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Sandia, Distrito Fiscal de Puno, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Román. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1522414-17 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1610-2017-MP-FN Lima, 18 de mayo de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 570-2017-MP-FN-PJFS-Tumbes, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Giovana Lissette Aquino Cerro, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Tumbes, Distrito Fiscal de Tumbes, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1519-2014-MPFN, de fecha 29 de abril de 2014. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Giovana Lissette Aquino Cerro, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Tumbes, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina

de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1522414-18

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000146-2017-JN/ONPE Lima, 18 de mayo de 2017 VISTOS: el Oficio N° 01503-2017-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, el Oficio N° 506-2017-DNROP/JNE de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas del JNE, el Acta de Reunión N° 024-CESJCLV CPR 2017/ONPE y el Informe N° 000007-2017-CSJCLV CPR 2017/ONPE de la Comisión de Selección de Jefes y Coordinadores de Local de Votación de las ODPE para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017; así como el Informe Nº 000224-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Resolución N° 0046-2017-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, para el día domingo 11 de junio de 2017, en 27 circunscripciones del país, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control ciudadanos; A efecto de la organización y ejecución del proceso de consulta antes referido, a través de las Resoluciones Jefaturales N° 000032-2017-J/ONPE y N° 0001282017-J/ONPE se determinó la conformación de cinco (05) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE); Asimismo, en el marco de la referida consulta popular, por Resolución Jefatural N° 000134-2017-J/ONPE se dispuso la publicación de la relación de postulantes que aprobaron el proceso de selección para cubrir las vacantes de titulares y accesitarios, para el cargo de Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; de acuerdo al anexo que forma parte de la misma; otorgándosele a la ciudadanía el plazo previsto en el artículo 49 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para la interposición de las tachas que pudieran corresponder; Por otro lado, de conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, no podrán ser trabajadores de la ONPE los que hayan sido candidatos a cargos de elección popular en los últimos cuatro (4) años a su postulación; En ese contexto, a través del Oficio N° 01503-2017SG/JNE, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones hace de conocimiento que, respecto a la relación de postulantes consignados en el anexo de la Resolución Jefatural antes citada, vencido el plazo para la presentación de tachas, se ha verificado que no se presentaron tachas contra los referidos postulantes; Del Informe N° 000007-2017-CSJCLV CPR 2017/ONPE de la Comisión de Selección de Jefes

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