Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 31 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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responsable del Portal de Transparencia, de conformidad con artículo 3º, inciso d.1.) del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias. Artículo Cuarto.- DISPONER que todos los funcionarios o servidores poseedores de la información cumplan de forma obligatoria y bajo responsabilidad, con lo dispuesto en el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias. Artículo Quinto.- DISPONER que todos los funcionarios, servidores y trabajadores de la Universidad Nacional de Frontera; sin excepción, cumplan de forma obligatoria y bajo responsabilidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento y modificatorias; a fin de no incurrir en responsabilidades y sanciones por incumplimiento; a las que hace referencia el artículo 4º de la precitada Ley y el artículo 7º de su Reglamento. Artículo Sexto.- AUTORIZAR que la Resolución, sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano", en la página web de la UNF y en un lugar visible de la Entidad, de conformidad con lo estipulado en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias." Al respecto como se visualiza en dicha resolución se registra a la Abg. Maritza Lorena Mogollón Peña, la misma que se desempeñó como Secretaria General y que ya no labora en esta Entidad. En ese sentido solicito se autorice a este Despacho proyectar el acto resolutivo pertinente, modificando el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha 18 de noviembre de 2015, por los motivos expuestos, disponiendo además que la parte no modificada de la precitada Resolución mantenga su mismo efecto legal. Quinto.- Que, mediante Proveído Nº 1605-2016-UNFCO-P de fecha 26 de diciembre de 2016; el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora remite a Secretaria General copia del Oficio Nº 396-2016-UNF-SG, a fin de que modifique la Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF proyectando el acto resolutivo pertinente. Sexto.- Que, con el propósito de dar el correcto cumplimiento a las atribuciones y competencias asignadas por la Constitución Política del Perú y la Ley, a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera con cargo a dar cuenta en Sesión de Comisión, se hace necesario proyectar el acto resolutivo conforme a lo solicitado por el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora, mediante Proveído Nº 1605-2016-UNF-CO-P; Séptimo.- Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU de fecha 13 mayo de 2016, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, integrada por: Carlos Joaquín Larrea Venegas, Presidente de la Comisión Organizadora, César Leonardo Haro Díaz, Vicepresidente Académico y Edmundo Gerardo Moreno Terrazas, Vicepresidente de Investigación; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Frontera Nº 29568 y la Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la modificación del Artículo Primero de la Resolución de Presidencia de la Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha18 de noviembre de 2015, quedando como sigue: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Secretaria General de la Universidad Nacional de Frontera ­ Abg. Joyce del Pilar Varillas Cruz, como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Universidad Nacional de Frontera, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y sus modificatorias. Artículo Segundo.- DISPONER que la parte no modificada de la Presidencia de la Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha18 de noviembre de 2015, mantenga el mismo efecto legal. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución sea notificada a los estamentos académicos y administrativos pertinentes para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese. CARLOS J. LARREA VENEGAS Comisión Organizadora Presidente JOYCE DEL PILAR VARILLAS CRUZ Secretaria General 1526590-1

Aprueban el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera
UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 139-2016-CO-UNF Sullana, 19 de octubre de 2016 VISTOS: Acta de Sesión Extraordinaria de fecha 19 de octubre de 2016; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Ley N° 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura, con fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país; Segundo.- Que, la parte final del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Tercero.- Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece que la autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución Política del Perú y las Leyes de la República e implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria, organizar su sistema académico, económico y administrativo; Cuarto.- Que, de acuerdo al segundo párrafo del artículo 29° de la Ley Universitaria N° 30220 que prescribe: "(...) Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la Universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan"; Quinto.- Que, mediante Resolución de la Comisión Organizadora Nº 002-2011-CO-UNFS, de fecha 25 de Febrero del 2011, se resolvió: "Artículo Primero.- APROBAR por unanimidad el Estatuto General de la Universidad Nacional de Frontera - Sullana que contiene: Ciento cuarenta y dos (142) artículos, Veintiocho (28) Disposiciones Transitorias y una (01) Disposición Final. (...)"

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