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3 NORMAS LEGALES Martes 7 de noviembre de 2017 El Peruano / DECRETA: Artículo 1º.- Modi fi cación de la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF Modifíquese la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, en los siguientes términos: “Décima.- Para los proyectos regulados en el Decreto Legislativo Nº 1224 y Decreto Legislativo Nº 674, para empresas del sector público no fi nanciero bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, se deben solicitar las opiniones requeridas en dichas normas a la empresa pública correspondiente, y al Ministerio, a cuya materia sectorial corresponde el proyecto. FONAFE establece las disposiciones de índole económico fi nanciero y exposición de riesgos que deben aplicar las empresas públicas del sector no fi nanciero bajo su ámbito para la evaluación de los proyectos regulados en la presente norma”. Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de laPresidencia de la República CLAUDIA MARIA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1584089-1ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario del BCRP a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0077-2017-BCRP-N Lima, 6 de noviembre de 2017CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Banco Central del Uruguay para participar en la XXXIII Reunión de Presidentes de Bancos Centrales de América del Sur que se realizará el 7 y 8 de noviembre en la ciudad de Montevideo, Uruguay; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM así como por sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 26 de octubre de 2017; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General, el 7 y 8 de noviembre a la ciudad de Montevideo, Uruguay, y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 951,92 ------------------ TOTAL US$ 951,92 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1583631-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN