Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2017 (07/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Martes 7 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

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DECRETA: Artículo 1º.- Modificación de la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 4102015-EF Modifíquese la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, en los siguientes términos: "Décima.- Para los proyectos regulados en el Decreto Legislativo Nº 1224 y Decreto Legislativo Nº 674, para empresas del sector público no financiero bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, se deben solicitar las opiniones requeridas en dichas normas a la empresa pública correspondiente, y al Ministerio, a cuya materia sectorial corresponde el proyecto. FONAFE establece las disposiciones de índole económico financiero y exposición de riesgos que deben aplicar las empresas públicas del sector no financiero bajo su ámbito para la evaluación de los proyectos regulados en la presente norma". Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República CLAUDIA MARIA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1584089-1

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario del BCRP a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0077-2017-BCRP-N Lima, 6 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Banco Central del Uruguay para participar en la XXXIII Reunión de Presidentes de Bancos Centrales de América del Sur que se realizará el 7 y 8 de noviembre en la ciudad de Montevideo, Uruguay; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 26 de octubre de 2017; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Renzo Rossini Miñán, Gerente General, el 7 y 8 de noviembre a la ciudad de Montevideo, Uruguay, y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fin de que participe en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje TOTAL US$ 951,92 -----------------US$ 951,92

Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1583631-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

LA DIRECCIÓN

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