Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2017 (07/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Martes 7 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Agustino (SEA), Centro de Investigación y Promoción Popular (CENDIPP) y Oscar del Perú y un representante de la Central de Bancos Comunales de El Agustino y Santa Anita, así como, dos representantes de la Municipalidad de El Agustino la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo Económico. Que, el grupo impulsor terminó con la elaboración el Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de El Agustino 2017 ­ 2021, con la participación de los actores económicos a través de la realización de diferentes talleres participativos con las diferentes Mypes y mediana empresa del distrito, recogiendo las propuestas y recomendaciones que fueron consideradas en el plan y contiene programas, proyectos, estrategias y actividades que permitirá impulsar el desarrollo competitivo y sostenible de las empresas del distrito y contribuirá a fomentar el empleo para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos del distrito. Que, la Municipalidad de El Agustino tiene la decisión de continuar trabajando e impulsando espacio concertado público - privado que articule a los actores económicos del Distrito de El Agustino, para la concertación de políticas específicas, instrumentos, programas y proyectos de promoción de la actividad económica en el distrito, es necesario conformar la Mesa Distrital de Desarrollo Económico Local como un espacio de encuentro y de concertación democrática para la formulación y ejecución de políticas de desarrollo económico local a favor de las Mypes y Pequeñas Empresas en el Distrito de El Agustino. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las normas citadas, el Concejo Municipal en sesión ordinaria por Mayoría ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO AL 2021 Y LA CREACIÓN DE LA MESA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Artículo Primero.- APROBAR el "Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de El Agustino al 2021", que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Artículo Segundo.- CONFORMAR la Mesa Distrital de Promoción del Desarrollo Económico Local de El Agustino, quien se encargará del monitoreo, ejecución y evaluación del Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de El Agustino al 2021, la misma que estará integrada de la siguiente forma: - El Alcalde, quien la presidirá. - El Gerente de Desarrollo Económico. - Los miembros del grupo impulsor del PDEL: ONG SEA, CENDIPP y Oscar del Perú y Organización Social Central de Bancos Comunales de El Agustino y Santa Anita. - Dos representantes del sector productivo - Dos representantes del sector comercio - Dos representantes del sector servicio Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, emita las disposiciones reglamentaria y complementaria requeridas para la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico la implementación y ejecución del Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de El Agustino al 2021 y demás Gerencias y Unidades orgánicas competentes de la Entidad Municipal, la adopción de las acciones para la implementación de lo establecido en la presente ordenanza. Artículo Quinto.- La presente norma entra en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1583559-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 015-2016-MDLP, que fija monto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios para el Ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 021-2017-MDLP La Perla, 27 de octubre de 2017 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 019-2017 de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de "Ordenanza que Prorroga la Ordenanza Nº 015-2016, que fija el Monto de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial y Arbitrios del Ejercicio 2018", en el distrito de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º y 74º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos Municipales; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; y que mediante estas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley y de acuerdo a las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a Cobrar por el Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Recibos de Pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de Enero de cada ejercicio; Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-MPC de la Municipalidad Provincial del Callao, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 002-2016-MPC, que aprueba el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en la jurisdicción del Callao, dispone que las ordenanzas que aprueban la emisión mecanizada deberán ser ratificadas anualmente, pudiéndose ratificar el mismo por un plazo máximo de dos (02) ejercicios fiscales, en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación; Que, mediante la Ordenanza Nº 015-2016-MDLP de fecha 24 de Noviembre de 2016, ratificado por el Acuerdo de Concejo Nº 100-2016, de la Municipalidad Provincial del Callao, y publicadas en el diario oficial "El Peruano", el día 31 de Diciembre de 2016, se fijó el monto de S/3.20 (Tres con 20/100 soles), por derecho de Emisión Mecanizada de

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