Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2017 (07/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Martes 7 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola­Padre Abad, la cual a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jorge Luis Ortíz Baldeón, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Irazola­ Padre Abad. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1583954-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4038-2017-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 957, se promulgó el Código Procesal Penal, el mismo que establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Oficial. Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2006JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2016-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entró en vigencia el 01 de mayo de 2016, en el Distrito Fiscal de Ventanilla. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2017-MP-FN-JFS, de fecha 25 de mayo de 2017, se crearon, entre otros, el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, en el Distrito Fiscal de Ventanilla, conforme a lo señalado en los oficios Nros. 239 y 278-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, los mismos que contienen el Diseño de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación complementaria del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Ventanilla, elaborado en función a la asignación del segundo tramo presupuestal transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; señalando asimismo, que dicho presupuesto se encuentra destinado a cubrir el déficit de personal fiscal y administrativo existente, así como al fortalecimiento de fiscalías del Distrito Fiscal de Ventanilla. Que, a través del oficio Nº 8412-2017-FSC-FECORMP-FN, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa

Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, previa verificación de los requisitos de Ley. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Elena Mayuri Bocanegra, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1583954-17

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan viaje de asesor del Gabinete de Asesores del RENIEC a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 144-2017/JNAC/RENIEC Lima, 6 de noviembre de 2017 VISTOS: El OF. RE (DGM-OPM) N° 3-0-E/1331 (29AGO2017) del Director de Organismos y Política Multilateral, a través del cual remite la Carta S/N de fecha 21 de junio de 2017 suscrita por el Presidente, el Vicepresidente y la Secretaria Ejecutiva del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identificación y Estadísticas Vitales (CLARCIEV), el Informe N° 000022-2017/FOD/ JNAC/GA/RENIEC (09OCT2017) del Asesor del Gabinete de Asesores de la Jefatura Nacional, la Carta N° 0001722017/SGEN/RENIEC (17OCT2017) de la Secretaría General, la Hoja de Elevación N° 000287-2017/GPP/ RENIEC (13OCT2017) y el Memorando N° 0041412017/GPP/RENIEC (17OCT2017) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Informes N° 0036042017/GPP/SGP/RENIEC (13OCT2017) e Informe N° 003663-2017/GPP/SGP/RENIEC (17OCT2017) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando N° 003200-2017/GAD/ RENIEC (16OCT2017) de la Gerencia de Administración, el Informe N° 002081-2017/GAD/SGLG/RENIEC (16OCT2017) de la Sub Gerencia de Logística de la Gerencia de Administración, el Informe N° 001720-2017/ GAD/SGCO/RENIEC (16OCT2017) de la Sub Gerencia de Contabilidad de la Gerencia de Administración, el Informe N° 000172-2017/GTH/SGAL/RENIEC (27OCT2017) de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales de la Gerencia de Talento Humano, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el OF. RE (DGM-OPM) N° 3-0E/1331 (29AGO2017) del Director de Organismos y Política Multilateral, se remite la Carta S/N de fecha 21

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