Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2017 (07/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Martes 7 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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de todos los años como el "Día del Plantamonte Regional Junín". Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Agricultura Junín y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente crear un sistema de sensibilización regional, para tomar conciencia de la importancia de la reforestación o forestación frente a los efectos del cambio climático, para logara una mejor adaptación y mitigación a este fenómeno mundial, que conlleva a una mejor participación de la población regional. Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete. SONIA TORRE ENERO Consejera Delegada Gobierno Regional Junín POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el veintiséis de setiembre del 2017. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMAN Gobernador Regional 1583572-1

Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Red de Salud Concepción
ORDENANZA REGIONAL Nº 274-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día diecinueve del mes de septiembre de 2017, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en el inciso 1) del Artículo 192º del mismo cuerpo de leyes, dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante el Artículo 35º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27658-Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado que establece los principios y la Base Legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias. Que, conforme lo dispone el Artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, indica que "La misión de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas,

compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región"; Que, según el literal c) del numeral 1 del Artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modificatorias, dispone que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales "Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de presupuesto"; Que, de acuerdo al Artículo 11º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisan la estructura básica de los Gobiernos Regionales, la misma que está conformado por el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional como órgano ejecutivo y el Consejo de Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación del Gobierno Regional; Que, conforme lo dispone el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, que indica las atribuciones del Consejo Regional de Junín, como órgano normativo es: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; asimismo el Artículo 38º del mismo cuerpo de ley, indica que "Las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, mediante el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, estipula que el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Sectoriales de los Gobiernos Regionales, se aprueban con Ordenanza Regional; Que, el Artículo 101º de Reglamento Interno de Consejo Regional, señala: las Comisiones de Consejeros Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos del Consejo, cuya finalidad es realizar estudios, formular propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Consejo les encargue; Que, con Oficio Nº 10- DSSJ-RSVM-MRSC-2017, suscrito por el Médico Cirujano ­ Yashin Cabrera Navarro de la Red de la Micro Red de Salud de Concepción, eleva el informe sustentatorio para la aprobación del Reglamento de Organización y funciones de la Red de Salud Concepción y contando con el Informe Legal Nº 106-2017-GRJ-DRSJ-OAJ, suscito por el jefe de Asesoría jurídica de la Dirección Regional de Salud ­ Abog. Sonia Paitan Iparraguirre, emite conclusión: Procedente, cumpliendo con las formalidades establecida en el Decreto supremo Nº 043-2004-PCM y normas complementarias, cumpliendo los parámetros establecidos"; Que, los cambios de presupuesto se realizaron en cumplimiento los acuerdos y compromisos de la Reunión Técnico "Jornada de Actualización de los Instrumentos de Gestión Institucional" desarrollada por la Dirección Regional de Salud Junín, con la participación de las diez (10) Redes de Salud, jornada en la que evaluó el funcionamiento de los referidos establecimientos, asimismo se sustentó la propuesta por la modificación del marco normativo tales como la aprobación de la Ley Nº 29344 - Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud, Normas del ministerio de Salud y del SERVIR entre otras; Que, debemos de mencionar que el Rol y competencias que debe ser asumir las Oficinas de Recursos Humanos sobre Gestión del Recurso Humano en el marco de la Ley del Servicio Civil ­ SERVIR, exigen el fortalecimiento de esta oficina para la formulación e implementación de los documentos preparatorios como el Mapeo de Puestos, Manual de Perfiles de Puestos, Plan de Desarrollo de Personas, Plan de Desarrollo de Capacidades entre otros, conforme lo establece el marco normativo sobre el particular, Que, mediante el Informe Técnico Nº 019-2017--GGR/ ORDITI, Profesional 7 ­ ORDITI, emite opinión favorable en su calidad de Órgano especializado, en consecuencia considera procedente la aprobación del referido Proyecto de Reglamento el cual se encuentra enmarcado dentro de

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