Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2017 (09/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de noviembre de 2017 /

El Peruano

AMBIENTE
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)
DECRETO SUPREMO N° 009-2017-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Artículo 2.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), aprobado en el artículo precedente, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del SENACE (www.senace.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SENACE, estableciendo su estructura organizacional; Que, con Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, se incorporan nuevas funciones al SENACE, entre ellas, emitir la Certificación Ambiental Global y aprobar la clasificación de los estudios ambientales; Que, asimismo, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, otorga nuevas funciones al SENACE para evaluar y aprobar estudios ambientales de proyectos de inversión pública y privada de infraestructura en materia de residuos sólidos, así como aprobar Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) para proyectos de recuperación o reconversión de áreas degradadas; Que, la estructura orgánica del SENACE, prevista en el Reglamento de Organización y Funciones vigente, presenta limitaciones de orden administrativo y funcional, por encontrarse desfasada con respecto a los dispositivos legales aprobados con posterioridad al citado Reglamento, los mismos que han asignado nuevas funciones, con la finalidad de alcanzar mayores niveles de eficiencia y calidad en los servicios que se brindan a la ciudadanía; e igualmente, se requiere modernizar la organización del SENACE para optimizar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones; Que, en consecuencia, es necesario aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del SENACE, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Publica; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; y, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Publica; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del ROF del SENACE Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), que consta de seis (06) títulos, seis (06) capítulos, sesenta y tres (63) artículos, y su organigrama; el mismo que, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Primera.- Implementación del ROF Facúltese al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) para que emita las normas complementarias y documentos de gestión correspondientes, para la adecuada implementación de la presente norma. Segunda.- Financiamiento La aplicación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Progresividad para asumir las funciones de evaluación y aprobación de Estudios de Impacto Ambiental semidetallados. El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) asume progresivamente la función de evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados (EIA-sd) regulados en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, así como los actos vinculados a dicho instrumento, pudiendo aplicar a los mismos la Certificación Ambiental Global. El proceso de transferencia se desarrolla de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 29968. Una vez asumida dicha competencia, las funciones establecidas en el presente Reglamento de Organización y Funciones incluyen al EIAsd, en lo que corresponda. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Deróguese el Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1584919-5

Reconocen Área de Conservación Privada "Darshan Ashram", ubicada en el departamento de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 335-2017-MINAM Lima, 7 noviembre de 2017

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