Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2017 (09/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Naturales Protegidas; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM; y, las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, aprobadas por Resolución Presidencial N° 199-2013-SERNANP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconocer el Área de Conservación Privada "Darshan Ashram", por un período de cincuenta (50) años, sobre la superficie de veintitrés hectáreas con tres mil novecientos ochenta metros cuadrados (23.3980 ha), que corresponde al área parcial del predio perteneciente a la Asociación Misión Ruhani Sawan Kirpal, inscrito en la Partida Electrónica N° 04003994 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Iquitos de la Zona Registral N° IV - Sede Iquitos, ubicado en el sector del Caserío El Varillal, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Establecer como objetivo general del Área de Conservación Privada "Darshan Ashram" conservar una muestra de los bosques de la ecorregión Bosques Húmedos del Napo, sus especies de flora y fauna representativa al interior del área de conservación privada, el cual contribuye a la conectividad ecológica entre la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana y el área de conservación privada; de acuerdo a lo consignado en su Ficha Técnica. Artículo 3.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento de la citada Área de Conservación Privada son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo. Artículo 4.- Disponer que la propietaria del predio citado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial inscriban en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, las condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada "Darshan Ashram", establecida por un periodo de cincuenta (50) años, según el siguiente detalle: 1. Usar el predio para los fines de conservación por los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, o a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área de conservación privada. 3. Cumplir con el Plan Maestro (Ficha Técnica), el mismo que tiene una vigencia de cinco (5) años renovables. 4. Presentar al SERNANP un informe anual de avances respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro (Ficha Técnica). 5. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, la Ley de Áreas Naturales Protegidas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 5.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de algún derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para ningún trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1584593-1

Designan Director de la Unidad de Tesorería, Directora de la Unidad de Abastecimiento, Director de la Unidad de Planeamiento e Inversión Pública y Director de la Unidad de Presupuesto del SENAMHI
SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA DEL PERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 195-2017/SENAMHI Lima, 8 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú, modificada por la Ley N° 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología ­ SENAMHI es un Organismo Público Descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público; Que, mediante el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, se precisa que la referida entidad está adscrita al Ministerio del Ambiente; Que, mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva N° 033-2017/SENAMHI, se designa a la señora Florinda Llacsahuanga Chávez para el desempeño de las funciones de Directora de la Unidad de Tesorería del SENAMHI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que se refiere el párrafo anterior; Que, mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva N° 049-2017/SENAMHI, se designa a la señora Miurka Osorio Orellana para el desempeño de las funciones de Directora de la Unidad de Abastecimiento del SENAMHI; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia que fuera presentada por la señora Miurka Osorio Orellana; Que, mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva N° 115-2017/SENAMHI, se designa al señor Gilmer Rubén Girón Morales para el desempeño de las funciones de Director de la Unidad de Planeamiento e Inversión Pública del SENAMHI; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que se refiere el párrafo anterior; Que, mediante la Resolución Presidencial Ejecutiva N° 069-2017/SENAMHI, se designa al señor Henry Alexander Dávila Trujillo para el desempeño de las funciones de Director de la Unidad de Presupuesto del SENAMHI; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia que fuera presentada por el señor Henry Alexander Dávila Trujillo; Que, estando vacantes los cargos de Director de la Unidad de Tesorería, Director de la Unidad de Abastecimiento, Director de la Unidad de Planeamiento e Inversión Pública, y Director de la Unidad de Presupuesto del SENAMHI, resulta necesario designar a las personas que ocupen dichos cargos; Con el visado de la Secretaria General y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de la señora Florinda Llacsahuanga Chávez para el desempeño de las funciones de Directora de la Unidad de Tesorería del SENAMHI, dándosele las gracias

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