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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (15/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de noviembre de 2017 El Peruano / competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a dicho Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017- MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, se encuentra vacante el cargo púbico de con fi anza de Jefe de la Unidad Territorial Moquegua del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES; Que, por razones de servicio resulta necesario designar a la persona que ocupe el mencionado cargo; Con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley N° 29792 - Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Manual de Operaciones del FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la señora ROSSMARY BETHSABE SILVA ACEVEDO en el cargo público de confi anza de Jefe de la Unidad Territorial Moquegua del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y notifíquese.FEDERICO TONG HURTADO Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1586529-1 Designan Coordinador Técnico de la Dirección Ejecutiva del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 201-2017-FONCODES/DE Lima, 13 de noviembre de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a dicho Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017- MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 156- 2017-FONCODES/DE, se encargó al señor JOSÉ LUIS ARANGÜENA ROJAS las funciones de Coordinador Técnico de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura del citado servidor, y designar a la persona que ocupe dicho cargo; Que, por razones de servicio resulta necesario designar a la persona que ocupe el mencionado cargo; Con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con la Ley N° 29792 - Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Manual de Operaciones del FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida, la encargatura de funciones de Coordinador Técnico de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES del señor JOSÉ LUIS ARANGÜENA ROJAS. Artículo 2º.- Designar al señor JUAN ALBERTO FALCÓN UGARTE en el cargo público de con fi anza de Coordinador Técnico de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y notifíquese.FEDERICO TONG HURTADO Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1586529-2 Aprueban Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Provisión del Servicio Alimentario del Programa Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 432-2017-MIDIS/PNAEQW Lima, 14 de noviembre de 2017VISTOS: El Memorando N° 1728-2017-MIDIS/PNAEQW-UOP, de la Unidad de Organización de las Prestaciones; el Memorando N° 4239-2017-MIDIS/PNAEQW-UPP, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 9428-2017-MIDIS/PNAEQW-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS, el Decreto Supremo N° 004-2015-MIDIS y el Decreto Supremo N° 012-2017-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, el Programa), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS y N° 004-2015-MIDIS, modi fi can el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, dispone que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, de forma progresiva atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonia Peruana, y modi fi ca el segundo párrafo del artículo primero del Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y establece que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá una vigencia de seis (06) años;