Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 21 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; asi como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo asi, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impide acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como, brindar un servicio de justicia en forma oportuna y eficaz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia, en mérito del Acuerdo N° 768-2017 de la trigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Melendez. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Santa Martha, Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Leoncio Prado, Región y Distrito Judicial de Huánuco. Articulo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que están descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1588223-1

en las Salas de Audiencias del nuevo Código Procesal Penal, debido a los múltiples problemas y deficiencias en el desarrollo de las audiencias programadas, que se originan por el desorden en el que se encuentran los diversos equipos que conforman el kit de audiencias, en especial la consola mezcladora y la amplificadora. Asimismo, se propone complementar el equipo kit de audiencias con un NVR y un micrófono ambiental, los mismos que se instalarán en la parte superior de la Sala de Audiencias (en el centro de las partes procesales y el juez) con la finalidad que este equipo cautele las 24 horas el desarrollo de las audiencias, independientemente a la grabación que se realiza con la PC del especialista de audiencias. Segundo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 808-2017 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidias Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, por medio de la Gerencia de Informática, elabore los términos de referencia para las Salas de Audiencias del nuevo Código Procesal Penal, en base a las sugerencias mínimas descritas en el Informe N° 075-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, que como anexo forma parte de la presente resolución; debiendo ser remitido a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal para su validación, en un plazo máximo de 15 días de publicada la resolución administrativa en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- La Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, por medio de la Gestoría Administrativa, integrará los equipos informáticos al dimensionamiento de la implementación del Código Procesal Penal, que se realizará los años 2018, 2019 y 2020, en los Distritos Judiciales de Lima Norte, Lima Este, Lima y Lima Sur, respectivamente. Los equipos que se deben considerar son los siguientes: Gabinete de Pared, NVR Rackeable, Micrófono Ambiental, Cámara IP y UPS Rackeable. Artículo Tercero.- El Sistema Nacional Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios Públicos implementará el mencionado equipamiento en sus Salas de Audiencias; teniendo en consideración que para el presente año existe presupuesto que soporta la adquisición de equipos informáticos. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1588223-2

Disponen la elaboración de los términos de referencia para las Salas de Audiencia del nuevo Código Procesal Penal
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 310-2017-CE-PJ Lima, 19 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio N° 408-2017-P-UETICPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico del Nuevo Código Procesal Penal, después del análisis realizado mediante Informe N° 075-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, considera viable la implementación de equipos informáticos

Crean Juzgado Penal Colegiado Alterno con sede en Piura, Distrito Judicial del Piura
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 313-2017-CE-PJ Lima, 25 de octubre de 2017

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