Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 4 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de Ucayali, a suscribir el CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICO entre el Gobierno Regional de Ucayali y la Municipalidad Distrital de Sepahua, para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL CON EQUIPAMIENTO DE MAQUINARIA PARA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SEPAHUA, DISTRITO DE SEPAHUA ­ ATALAYA ­ UCAYALI"; SNIP Nº 212002, por un monto de S/ 500,000.00 (quinientos mil y 00/100 soles). Artículo Segundo.- APROBAR la Transferencia de Recursos Financieros para la ejecución del Proyecto de Inversión Pública "MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL CON EQUIPAMIENTO DE MAQUINARIA PARA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SEPAHUA, DISTRITO DE SEPAHUA ­ ATALAYA ­ UCAYALI"; SNIP Nº 212002, por un monto de S/ 500,000.00 (quinientos mil y 00/100 soles). Artículo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali para los fines que estime pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional de la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario encargado de las publicaciones judiciales en la Capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ENRIQUE R. ASTURRIZAGA ROMAN Consejero Delegado 1571622-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Aprueban conformación de la Mesa distrital para la Persona Adulta Mayor de San Isidro
ORDENANZA Nº 463-MSI EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; el Dictamen Nº 50-2017-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos; Laborales e Informática; el Dictamen Nº 12-2017-CCDH/MSI de la Comisión de Comunicaciones, Cultura y Desarrollo Humano; el Documento Simple Nº 0014799 17 (Oficio Múltiple Nº 062-2017-MIMP/DGFC) de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Informe Nº 086-2017-1501-EFBS-GDH/MSI del Equipo Funcional de Bienestar y Salud; el Informe Nº 102-20171500-GDH/MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe Nº 0501-2017-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, señala que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP ejerce la rectoría sobre la promoción y protección de los derechos de la persona adulta mayor y en el marco de sus competencias y de la normatividad vigente, se encarga de normar, promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar, fiscalizar, sancionar, registrar información, monitorear y realizar las evaluaciones de las políticas, planes, programas y servicios a favor de ella, en coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales, entidades públicas, privadas y la sociedad civil, que brindan las facilidades del caso; Que, a su vez, el artículo 23º de la citada Ley señala que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales conforman espacios para abordar la temática de las personas adultas mayores, pudiendo constituir para tal fin comisiones multisectoriales, consejos regionales y mesas de trabajo, respectivamente, integradas por representantes del Estado; Que, en razón a ello, mediante Resolución Ministerial Nº 095-2017-MIMP modificada con Resolución Ministerial Nº 129-2017-MIMP, se constituyó la Red Nacional de Personas Adultas Mayores con el objeto de trabajar de manera articulada y concertada, la política nacional en relación a las Personas Adultas Mayores; Que, el artículo 4º de referida Resolución Ministerial, prescribe la creación de las Mesas como un mecanismo que viabilice el trabajo coordinado de la Red Nacional entre el MIMP, Gobiernos Regionales y Locales y la Sociedad Civil, teniendo en cuenta el compromiso de las autoridades regionales y locales desde el ámbito político y las instancias técnicas que tienen a su cargo las funciones de salud, educación y trabajo, para cumplir con los lineamientos de políticas definidos en el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 20132017 y las funciones conferidas en la Ley Nº 30490 Ley de la Persona Adulta Mayor; asimismo, el artículo 5º de la citada Resolución Ministerial, establece que la conformación de la Mesa Distrital será presidida por el Alcalde Distrital; Que, el artículo 6º de la referida Resolución Ministerial, señala que los representantes de la Mesa Distrital se deben acreditar mediante Ordenanza Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; el Concejo Municipal por Unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONFORMACION DE LA MESA DISTRITAL PARA LA PERSONA ADULTA MAYOR DE SAN ISIDRO Artículo Primero.- APROBAR la conformación de la Mesa Distrital para la Persona Adulta Mayor de San Isidro como parte de la Red Nacional, la misma que estará integrada de la siguiente manera: · El Alcalde, quien la presidirá. · El Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo. · El Gerente de Desarrollo Humano. · El Jefe de la Microred de Salud. · El Director de Institución Educativa. · El Gobernador Distrital. · El Representante de las PYMES/MYPES. · El Representante de la Policía Nacional del Perú. · El Representante de las Organizaciones de personas adultas mayores de San isidro, registradas en el MIMP.

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