Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2017 (04/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Miércoles 4 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, conforme a sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1572223-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual para las Elecciones Municipales Diciembre 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000229-2017-JN/ONPE Lima, 3 de octubre de 2017 VISTOS: el Oficio Nº 03129-2017-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe Nº 000059-2017-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 001037-2017-SGOEGGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; así como el Informe Nº 000396-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM se convocó a Elecciones Municipales para el día domingo 10 de diciembre de 2017, con la finalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales de dieciocho (18) distritos creados en los años 2015 y 2016; De conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) en concordancia con el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Asimismo, en virtud a lo dispuesto en el artículo 165º de la Ley Nº 26859, LOE: "(...) El diseño y procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación de las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público";

Mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 0002172017-JN/ONPE y Nº 000218-2017-JN/ONPE, ambas emitidas el 12 de setiembre de 2017, publicadas en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2017, se aprobaron las "Instrucciones para el Sorteo de Asignación de Números a las Organizaciones Políticas Locales de las Elecciones Municipales Diciembre 2017" y las "Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Diciembre 2017"; así como los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y para Votación Manual correspondientes a las Elecciones convocadas, respectivamente; Asimismo, según consta en el Acta Notarial de fecha 13 de setiembre de 2017, se realizó la presentación de las referidas Instrucciones; así como de los diseños y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual correspondientes a las Elecciones Municipales Diciembre 2017, acto en el cual, la representante de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones, "recomendó que el Modelo Definitivo de la Cédula de Sufragio sea horizontal, toda vez que el número de listas en proceso de inscripción oscila entre uno y cinco". Cabe precisar que hasta la fecha de emisión de la Resolución Jefatural Nº 000218-2017-JN/ONPE antes citada, no se contaba con la información sobre el número de listas en proceso de inscripción, por lo que el diseño se presentó en formato vertical considerando ocho organizaciones políticas; Por otro lado, el primer párrafo del artículo 167º de la LOE, estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165º; Asimismo, el artículo 168º de la LOE, establece que: "resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y procedimiento que debe seguirse" (...); La Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, mediante el Oficio Nº 03129-2017-SG/JNE, respecto al diseño de las Cédulas de Sufragio para votación electrónica y votación manual correspondiente a las Elecciones Municipales Diciembre 2017, aprobadas por Resolución Jefatural Nº 000218-2017JN/ONPE, hace de conocimiento de la ONPE, que: (...) "vencido el plazo de tres días para la presentación de impugnaciones, en aplicación del artículo 167º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se ha verificado que no se presentó ninguna impugnación ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones, ni ante las Oficinas Desconcentras, ni ante los Jurados Electorales Especiales"; De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en los literales d), e) y m) del artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014J/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, señala que el modelo de diseño definitivo de la Cédula de Sufragio ha sido considerado en formato horizontal, toda vez que el número de listas en proceso de inscripción oscila entre uno y cinco, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 1.1 del Anexo 4, de las Especificaciones Técnicas del Diseño de Cédula de Sufragio para las Elecciones Municipales Diciembre 2017, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por lo que proponen a la Gerencia General la aprobación de los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual, así como de la aprobación definitiva de las instrucciones precitadas; en consecuencia, es necesario emitir la Resolución Jefatural correspondiente;

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