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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (12/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Jueves 12 de octubre de 2017 / El Peruano 22. Nombre y nacionalidad del capitán o patrón del buque 23. Nombre y nacionalidad del maestro pescador 24. Agente del buque 25. SLB/VMS No Sí: nacional Sí: OROP Tipo 26. Situación en las zonas de las OROP donde se ha faenado o se han realizado actividades relacionadas con la faena y posible inclusión en listados de buques INDNR Identi fi cador del buqueOROPRégimen del Estado del pabellónBuque en lista de buques autorizadosBuque en lista de buques INDNR 27. Autorizaciones de pesca pertinentes Identi fi cadorExpedida porCaducidad Áreas de pesca Especies Artes 28. Autorizaciones pertinentes de transbordo Identi fi cador Expedida por Caducidad Identi fi cador Expedida por Caducidad 29. Información de transbordo sobre buques donantes NombreEstado del pabellónN.º de identi fi - caciónEspeciesForma del productoÁreas de capturaCantidad 30. Evaluación de la captura desembarcada (cantidad) EspeciesForma del productoÁreas de capturaCantidad declaradaCantidad descargadaDiferencia, en su caso, entre la cantidad declarada y la cantidad observada 31. Captura retenida a bordo (cantidad) EspeciesForma del productoÁreas de capturaCantidad declaradaCantidad retenidaDiferencia, en su caso, entre la cantidad declarada y la cantidad observada 32. Examen de los libros de a bordo y demás documentaciónSí No Observaciones 33. Cumplimiento de los sistemas de documentación pertinentesSí No Observaciones 34. Cumplimiento de los sistemas de información comercial pertinentesSí No Observaciones 35. Tipo de arte utilizada 36. Examen de las artes en virtud del párrafo e) del Anexo BSí No Observaciones 37. Conclusiones de los inspectores 38. Infracciones aparentes observadas con referencia a los instrumentos jurídicos pertinentes39. Comentarios del capitán o patrón 40. Medidas adoptadas 41. Firma del capitán o patrón 42. Firma del inspector ANEXO D Sistemas de información sobre las medidas del Estado rector del puerto Al aplicar el presente Acuerdo, cada Parte:a) tratará de establecer una comunicación informatizada de conformidad con el artículo 16; b) creará, en la medida de lo posible, sitios web a fi n de dar publicidad a la lista de puertos designados en virtud del artículo 7 y a las medidas adoptadas en virtud de las disposiciones pertinentes del presente Acuerdo; c) identi fi cará, siempre que sea posible, cada informe de inspección mediante un solo número de referencia que comience con el código alfa-3 correspondiente al Estado rector del puerto y la identi fi cación del organismo de expedición; d) utilizará, en la medida de lo posible, el sistema internacional de codi fi cación que se indica a continuación en los Anexos A y C, y traducirá cualquier otro sistema de codifi cación al sistema internacional. Países/territorios: Código de países ISO-3166 alfa-3 Especies: Código alfa-3 ASFIS (conocido como código alfa-3 FAO) Clase de buque Código ISSCFV (conocido como código alfa FAO)Tipos de arte: Código ISSCFG (conocido como código alfa FAO) ANEXO E Directrices para la capacitación de los inspectores Entre los elementos de un programa de capacitación para los inspectores del Estado del puerto deberían fi gurar como mínimo los ámbitos siguientes: 1. Ética; 2. Aspectos de salud, protección y seguridad;3. Normativa nacional aplicable, ámbitos de competencia y medidas de conservación y gestión de las OROP pertinentes, así como derecho internacional aplicable; 4. Recopilación, evaluación y conservación de pruebas; 5. Procedimientos generales de inspección, como la redacción de informes y las técnicas de entrevista; 6. Análisis de información, como libros de a bordo, documentación electrónica e historial de buques (nombre, armador y Estado del pabellón), requerida para la validación de la información facilitada por el capitán del buque; 7. Embarque e inspección de buques, en particular las inspecciones de carga y el cálculo de los volúmenes de carga del buque; 8. Veri fi cación y validación de la información relativa a los desembarques, transbordos, elaboración y pescado permaneciente a bordo, incluyendo el empleo de factores de conversión para las diferentes especies y los distintos productos;