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10 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de octubre de 2017 / El Peruano Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios. Autorizar las transferencias fi nancieras de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios, para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, encargadas de ejercer las competencias en materia minero energéticas, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 320 000.00 Artículo 2.- Detalle de las transferencias Las transferencias citadas en el artículo 1 de la presente resolución se efectuarán según el siguiente detalle: AL: (En Soles) Pliego 447 : Unidad Ejecutora:Unidad Ejecutora SIAF: Cuenta: RUC: Gobierno Regional de Huancavelica 80 000,00 N° 001 Sede CentralN° 0799Cuenta Única del Tesoro Público - CUT N° 20486020882 Pliego 400 : Unidad Ejecutora:Unidad Ejecutora SIAF:Cuenta: RUC: Gobierno Regional de Amazonas 80 000,00 N° 001 Sede CentralN° 0721Cuenta Única del Tesoro Público - CUT N° 20479569861 Pliego 441 : Unidad Ejecutora:Unidad Ejecutora SIAF:Cuenta:RUC: Gobierno Regional de Ancash 80 000,00 N° 001 Sede CentralN° 0726Cuenta Única del Tesoro Público - CUT N° 20530689019 Pliego 454 : Unidad Ejecutora:Unidad Ejecutora SIAF:Cuenta:RUC: Gobierno Regional de Madre de Dios 80 000,00 N° 001 Sede CentralN° 0875Cuenta Única del Tesoro Público - CUT N° 20527143200 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de las transferencias fi nancieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios, correspondientes al Año Fiscal 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Energía y Minas 1576658-1Modifican la R.S. N° 004-2016-EM, que aprueba a la empresa Genrent del Perú S.A.C. como empresa calificada para efectos de la Ley Nº 28754 por el desarrollo de la obra pública “Suministro de Energía para Iquitos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2017-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2017CONSIDERANDO:Que, conforme al numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 28754, Ley que elimina sobrecostos en la provisión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos mediante inversión pública o privada, se dispuso que las personas jurídicas que celebren contratos de concesión, a partir de la vigencia de la referida Ley, en virtud de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y normas modi fi catorias y que se encuentren en etapa preoperativa, obtendrán derecho al Reintegro Tributario equivalente al Impuesto General a las Ventas que les sea trasladado o que paguen durante dicha etapa, siempre que el mismo no pueda ser aplicado como crédito fi scal (en adelante, Régimen del Reintegro Tributario); Que, el artículo 2 de la citada Ley dispone que para efecto de acogerse al Régimen de Reintegro Tributario, las empresas concesionarias deberán celebrar un Contrato de Inversión con el Estado, el cual será suscrito por el Ministro del Sector correspondiente y por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN; Que, con fecha 21 de octubre de 2015 GENRENT DEL PERÚ S.A.C., para efecto de obtener el derecho al Régimen de Reintegro, celebra en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado “Suministro de Energía para Iquitos” (en adelante, el Contrato de Inversión); Que, mediante la Resolución Suprema N° 004-2016- EM publicada el 28 de abril de 2016, se aprueba como empresa cali fi cada para obtener el derecho al Reintegro Tributario a GENRENT DEL PERÚ S.A.C.; se establecen los requisitos y características del Contrato de Inversión; y se aprueba la Lista de bienes, servicios y contrato de construcción señalados en el anexo del Contrato de Inversión; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 28754, aprobado por el Decreto Supremo N° 110-2007-EF, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 127-2017-EF, dispone que la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción aprobada por Resolución Ministerial, podrá ser modi fi cada a solicitud de los Bene fi ciarios, para lo cual éstos deberán presentar al Sector correspondiente la sustentación para la inclusión de las subpartidas nacionales de los bienes que utilizarán directamente en la ejecución del Contrato de Inversión, siempre que éstos se encuentren comprendidos en los códigos de la Clasi fi cación según Uso o Destino Económico (CUODE) aprobados en el referido Reglamento; así como, la sustentación para la inclusión de servicios o contratos de construcción directamente relacionados a la ejecución del Contrato de Inversión; Que, conforme al artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 28754, incorporado mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 067-2015-EF y modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 127-2017-EF, las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modi fi cación de Contratos de Inversión deberán ser presentadas ante PROINVERSIÓN, dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato para el cumplimiento del Compromiso de Inversión, y, serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción del Contrato de Inversión; Que, con fecha 17 de marzo de 2016 GENRENT DEL PERÚ S.A.C. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de una Adenda al Contrato de Inversión con la fi nalidad de