Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2017 (18/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 18 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 5 de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, dispone que la Dirección General de Contabilidad Pública es el órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad, por lo cual, vela por una permanente capacitación y actualización del profesional contable, a efecto que ejerza su actividad con idoneidad en los sectores público y privado; Que, la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú ­ JDCCPP, constituida en el marco de lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Ley Nº.25892, y según la atribución conferida en el literal g), del artículo 2 del Reglamento del citado Decreto Ley, aprobado con el Decreto Supremo Nº 008-93-JUS, organiza certámenes académicos sobre disciplinas vinculadas, a la profesión correspondiente; Que, la referida Junta de Decanos, integrante de la Asociación Interamericana de Contabilidad - AIC, institución que agrupa a todos los organismos de la profesión contable en América, con Oficio Nº 0131-2017-CDJDCCPP/CIC2017, tramitó ante esta Dirección General, la oficialización de la "XXXII Conferencia Interamericana de Contabilidad- CIC 2017", programada para realizarse en la ciudad de Lima del 21 al 24 de octubre de 2017; Que, es necesario oficializar dicho evento, a efecto que la Junta de Decanos de Colegio de Contadores Públicos del Perú - JDCCPP, cumpla con los compromisos y obligaciones contraídos con la Asociación Interamericana de Contabilidad ­ AIC, de preparar, organizar y realizar la citada Conferencia; y En uso de las facultades conferidas a esta Dirección General, en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 239-2005-EF/10, de oficializar seminarios organizados por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficialización de Evento Dar carácter oficial al evento denominado "XXXII Conferencia Interamericana de Contabilidad- CIC 2017", programado para realizarse en la ciudad de Lima del 21 al 24 de octubre de 2017. Artículo 2.- Difusión de la Resolución y Directiva. Disponer la difusión de la presente Resolución Directoral en el Portal del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe en la misma fecha de publicación que en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública 1577081-1

el Informe Nº 358-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas para efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados a financiar exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, entre otros, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales correspondientes; Que, asimismo se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, en virtud a las precitadas disposiciones y con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión, así como apoyar económica y técnicamente a las Direcciones y/o Gerencias de los Gobiernos Regionales para que ejerzan de manera eficiente las competencias y funciones transferidas en materia minero energéticas, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios; Que, mediante los referidos Convenios de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir S/ 180,000.00 (Ciento ochenta mil y 00/100 Soles) a cada Gobierno Regional, siendo que mediante las Resoluciones Ministeriales N° 018-2017-MEM/DM, 051-2017-MEM/DM, 066-2017-MEM/DM y 077-2017MEM/DM se transfiere la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 Soles) en favor de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios; Que, conforme a lo señalado en el Informe Nº 110-2017-MEM-OGP/DIR, se verifica que se han presentado los informes de avances y logros y la evaluación de los indicadores de gestión señalados en los respectivos Convenios de Cooperación y Gestión correspondientes al primer semestre del año 2017, por lo que resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas, a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios, por el monto de S/ 80 000.00 (Ochenta mil y 00/100 Soles); Con el visado de la Secretaria General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, del Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencias financieras a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Amazonas, Ancash y Madre de Dios, para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 423-2017-MEM/DM Lima, 13 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 110-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,

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