Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2017 (18/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Miércoles 18 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES
2017PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR, N° 1461-2017-PRODUCE/OGAJ; y, CONSIDERANDO: el

15
Informe

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES Y 11/100 SOLES (S/ 911 423,11) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, destinadas a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos: (i) Proyectos de Innovación Productiva en Empresas Individuales ­ PIPEI; (ii) Proyectos de Innovación para Microempresas ­ PIMEN; (iii) Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales - CMCEI; (iv) Proyectos de Validación y Empaquetamiento de Innovaciones ­ PVE; y, (v) Proyecto de Acceso a Servicios Tecnológicos para Mipyme ­ AST, en el marco del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Determinados. Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1577264-1

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014PRODUCE se aprueba el Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP) con la finalidad de sostener altas tasas de crecimiento a largo plazo, aumentar el empleo formal y de calidad, reducir la dependencia a los precios de materias primas, acentuar la transformación productiva necesaria para el desarrollo económico y generar visión a largo plazo sobre la necesidad de diversificar; el cual se ejecuta a través de tres ejes o líneas de acción, tales como, diversificación productiva, reducción de costos y regulaciones inadecuadas y expansión de la productividad; Que, a través del Decreto Supremo N° 051-2014PCM se crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversificación Productiva, adscrita al Ministerio de la Producción, con el objeto de coordinar la implementación del Plan Nacional de Diversificación Productiva, su respectiva actualización, así como alinear esfuerzos a nivel intersectorial y territorial, la cual es presidida por el Ministro de la Producción; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Supremo a que se refiere el considerando precedente, establece que la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversificación Productiva puede conformar Grupos Técnicos para áreas específicas, en el marco del objeto y funciones de dicha Comisión; Que, mediante Resolución Ministerial N° 391-2014PRODUCE se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, de carácter temporal, a cargo de coordinar la agenda integral en materia de simplificación administrativa para coadyuvar al aumento de la capacidad productiva y transformadora del país, con la finalidad de impulsar acciones vinculadas al Eje 2 del Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP); Que, a efectos de desarrollar mayores acciones en materia de simplificación administrativa, resulta necesario impulsar la creación de espacios de coordinación en los sectores de acuerdo a sus competencias, lo que permitirá su participación directa en la toma de decisiones, y dinamizar la gestión de estos espacios de coordinación; Que, en este contexto, es oportuno expedir la resolución ministerial que da por concluido el Grupo de Trabajo Multisectorial creado por Resolución Ministerial N° 391-2014-PRODUCE y, atendiendo a las coordinaciones realizadas entre el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF y el Ministerio de la Producción, trasladar el acervo documentario correspondiente al MEF; Con la visación del Viceministro de MYPE e Industria y de la Directora General de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y en el Decreto Supremo N° 051-2014PCM, que crea la Comisión Multisectorial Permanente para la Diversificación Productiva; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante Resolución Ministerial N° 391-2014-PRODUCE Dar por concluido el Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante Resolución Ministerial N° 391-2014PRODUCE. Artículo 2.- Transferencia de acervo documentario Transferir al Ministerio de Economía y Finanzas el acervo documentario correspondiente.

Dan por concluido Grupo de Trabajo Multisectorial creado mediante R.M. N° 391-2014-PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 483-2017-PRODUCE Lima, 17 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 0013-2017-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPAR-dmau, el Memorando N° 1189-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.