Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Miércoles 25 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo Noveno: Deterioro y/o Sustracción de la TEO En los casos de deterioro y/o sustracción de la Tarjeta Electrónica de Operación, la Empresa de Transporte se encuentra obligada a comunicar de ello a la Gerencia General de Transporte Urbano, y solicitar su reposición asumiendo el costo de instalación prevista en el artículo sétimo del presente decreto de alcaldía. Artículo Décimo: Entrada en vigencia El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Décimo Primero: Encargar a la Gerencia General de Transporte Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. DISPOSICIONES FINALES Primera: Los vehículos que prestan el servicio de transporte público regular de pasajeros que circulen por las vías públicas terrestres de la jurisdicción de la Provincia Constitucional del Callao así como aquellos autorizados por la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao, están obligados a someterse a la instalación de la Tarjeta Electrónica de Operación, conforme al cronograma establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Segunda: Las Empresas de Transporte se encuentran obligadas a renovar la Tarjeta Electrónica de Operación -TEO- cada cinco años, computados a partir de la fecha de su instalación, asumiendo para ello el costo previsto en el artículo sétimo del presente Decreto de Alcaldía. Tercera: La información que proporcione la Tarjeta Electrónica de Operación durante las acciones de fiscalización en vías terrestres que realice el inspector de transporte, constituyen prueba de ocurrencia de una presunta infracción de transporte, la misma que puede ser tomada como soporte para el levantamiento del Acta de Control y dar inicio al procedimiento administrativo sancionador. Cuarta: Los aspectos no contemplados en el presente Decreto de Alcaldía podrán ser precisados mediante Resolución Gerencial emitida por la Gerencia General de Transporte Urbano, de conformidad a las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1579246-1

CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Wanchaq es un órgano de Gobierno Local, que goza de autonomía económica, política y administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado. Ésta autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­Ley Nº 27972-, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Numeral 42.4 del Artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, el Artículo 11º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado establece, como obligación de los servidores y funcionarios del Estado, el privilegiar la satisfacción de las necesidades del ciudadano, brindándole un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo; y otorgándole la información requerida en forma oportuna; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, mediante Informe Nº 242, 254 y 287-2017-OPPMDW/C, del 16 de agosto del 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que se han sistematizado los Servicios No Exclusivos que brinda la Municipalidad, en coordinación con las Unidades Orgánicas prestadoras de los mismos, así como sus requisitos y costos; Que, mediante Informe Nº 260-2017-OAL-MDW/C, del 17 de agosto del 2017, la Oficina de Asesoría Legal, previo análisis y revisión de la propuesta formulada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, opina por la procedencia de aprobar el Texto Único de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Distrital de Wanchaq ­ TUSNE, que consta de 37 Servicios No Exclusivos; Estando a lo expuesto y ejerciendo las facultades conferidas por los Artículos 20º, numeral 6) y 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Wanchaq, el cual contiene un total de 37 (Treinta y Siete) servicios, cuyo detalle se adjunta en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que todas las unidades orgánicas de la Municipalidad, según sus competencias, se encarguen del estricto cumplimiento de lo previsto en el instrumento normativo aprobado, debiendo sujetarse a los dispositivos legales vigentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; a la Oficina de Informática, la publicación del texto íntegro, incluido su Anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Wanchaq (www.muniwanchaq.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); y a la Oficina de Relaciones Públicas y Protocolo la difusión de la presente Resolución y de los Servicios No Exclusivos aprobados con la presente. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILLY CUZMAR DEL CASTILLO Alcalde

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00410-2017-MDW/C Wanchaq, 21 de setiembre de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ VISTOS: El Informe Nº 242, 254 y 287-2017-OPPMDW/C del 16, 23 de agosto y 14 de setiembre del 2017, respectivamente, el Informe Nº 260-2017-OAL-MDW/C del 17 de agosto del 2017, el Informe Nº 048-2017-GMMDW/C del 17 de agosto del 2017; y

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