Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2017 (25/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Miércoles 25 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan a Citibank del Perú el cierre de oficina especial Alto Caral ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4011-2017 Lima, 12 de octubre del 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada el 06 de Julio de 2017 por Citibank del Perú S.A. (en adelante, el Banco) para que se le autorice el cierre de una (01) oficina especial, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Que, para la evaluación de la presente solicitud de autorización, se requirió mayor información al Banco y opinión al Departamento Legal de esta Superintendencia; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos ­ Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Citibank del Perú, el cierre de la oficina especial Alto Caral ubicada en la Calle Dionisio Derteano 144 ­ Piso 12, distrito de San Isidro, Provincia de Lima, Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1578459-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisional 2017 de la Dirección Regional de Salud y sus Unidades Ejecutoras
ORDENANZA REGIONAL Nº 0013-2017-GORE-ICA Ica, 20 de octubre de 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 18 de octubre de 2017. VISTO, el Dictamen N°008-2017-CRI/CDPPYAT de fecha 16 de octubre de 2017, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, y demás actuados en el procedimiento, respecto a la aprobación de "ORDENANZA REGIONAL QUE, APRUEBA LOS CUADROS DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL 2017 (CAP-P 2017), PLANTEADOS POR: U.E.400: DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE ICA, U.E.401: HOSPITAL SAN JOSÉ DE CHINCHA, U.E.402:

HOSPITAL DE APOYO DE NASCA, U.E.403: HOSPITAL REGIONAL DE ICA, U.E.404: HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO, U.E.405: HOSPITAL SANTA MARÍA DEL SOCORRO-ICA, U.E.N°406: RED DE SALUD ICAPALPA-NASCA Y U.E.407: HOSPITAL DE APOYO DE PALPA Y LA RED DE SALUD CHINCHA-PISCO. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. El literal a) del artículo 15° de la misma norma, prescribe que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; por su parte el artículo 10º, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano. Que, por Ley Nº 30518, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, y en ella se autorizó el nombramiento hasta el 20% de la PEA, definida a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 de los profesionales de la salud, y de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales, y las Comunidades Locales de Administración de Salud CLAS, para tal efecto, mediante Decreto Supremo del Ministerio de Salud, refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con SERVIR, se establecerán los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido proceso de nombramiento. Que, por Resolución Ministerial N° 044-2017/ MINSA de fecha de fecha 25 de enero de 2017, se aprueba los Lineamientos para la composición del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de SaludCLAS, en el marco del nombramiento dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017. Que, se estableció las estrategias de retención y permanencia del personal, como el nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales, que realizan actividades en servicios de salud en el ámbito de competencia del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, considerando como prioridad los puestos ubicados en establecimientos de salud de zonas alejadas y de las fronteras, zonas declaradas en emergencia, para la implementación de las políticas nacionales orientadas a asegurar la calidad de atención a la población y mejorar las condiciones laborales del personal de la salud que trabaja en los lugares más alejados del país y de menor desarrollo. Que, en la Única Disposición Complementaria del DS. Nº 040-2014-PCM, que es el Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que establecía los lineamientos generales que todas las entidades del Sector Público, sean del Gobierno Nacional, Regional o Local, deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y en su Duodécima Disposición Complementaria Transitoria, señala que mediante Directiva de SERVIR, establecerá la progresiva

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