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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (27/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2017 El Peruano / IV. ALCANCE Los servicios de publicidad certi fi cada detallados en el numeral 5.2 de la presente Directiva, expedidos con fi rma electrónica y código de veri fi cación en línea, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL. V. DISPOSICIONES GENERALES5.1. GLOSARIOPara los efectos de la presente Directiva, se entiende por: a. Servicio de Publicidad Registral en Línea - SPRL: Servicio desarrollado en el marco de la interconexión nacional de la Sunarp, que permite acceder en tiempo real al contenido de las partidas registrales e índices de los distintos registros, almacenados en la Bodega Central . Asimismo permite solicitar y expedir diversos servicios de publicidad registral. b. Bodega Central: Conformada por la Base de Datos y el repositorio centralizado de imágenes de asientos de anotación e inscripción (partidas registrales). La centralización de la información se obtiene con la replicación de la información (Base de Datos e imágenes) de las partidas registrales, desde las o fi cinas registrales a la Sede Central. c. Base de Datos: Es el repositorio informático basado en un sistema de gestión de base de datos que contiene información estructurada de las partidas registrales sobre la cual se ingresa, actualiza, almacena y consulta datos como resultado del proceso de inscripción y publicidad registral. d. Usuario: Es la persona natural o jurídica suscrita al Servicio de Publicidad Registral en Línea. e. Cuenta: Es el acceso creado por el usuario para utilizar el Servicio de Publicidad Registral en Línea, desde la cual se solicita la publicidad. f. Servidor Responsable: Es el Registrador, abogado certi fi cador o certi fi cador encargado de brindar el servicio de publicidad certi fi cada. g. Código de veri fi cación: Es el código generado mediante algoritmo, utilizado para permitir identi fi car de manera única a un determinado certi fi cado o esquela emitida desde el Servicio de Publicidad Registral en Línea. h. Código QR : Código de barras bidimensional que contiene un vínculo directo a la URL o dirección en la que consta el archivo especí fi co del Certi fi cado, dentro de la página web de la Sunarp. 5.2. PUBLICIDAD CERTIFICADA CON FIRMA ELECTRÓNICA COMPRENDIDA La publicidad certi fi cada con fi rma electrónica comprendida en los alcances de la presente Directiva es la siguiente: a) Certi fi cado positivo y negativo de los siguientes Registros: Sucesión Intestada, Personas Jurídicas, Predios y Propiedad Vehicular. b) Certi fi cado positivo y negativo de Unión de hecho. c) Certi fi cado Negativo del Registro Personal. d) Certi fi cado de Cargas y Gravámenes del Registro de Predios. e) Certi fi cado de Cargas y Gravámenes del Registro Público de Aeronaves. f) Certi fi cado de Cargas y Gravámenes del Registro de Embarcaciones Pesqueras. g) Certi fi cado Registral Vehicular - CRV. h) Certi fi cado de Vigencia de Persona Jurídica. i) Certi fi cado de Vigencia de Poder de la Persona Jurídica. j) Certi fi cado de Vigencia de órgano directivo de la Persona Jurídica. k) Certi fi cado de Vigencia de Poder de Personas Naturales. l) Otros certi fi cados que se incorporarán progresivamente mediante resolución del Superintendente Nacional.5.3. OBTENCIÓN DE LA PUBLICIDAD CERTIFICADA CON FIRMA ELECTRÓNICA 5.3.1. La publicidad certi fi cada es expedida por el servidor responsable, quien la suscribe con fi rma electrónica. 5.3.2. El certi fi cado, suscrito con fi rma electrónica, puede ser visualizado por el usuario a través de su cuenta en el SPRL y, adicionalmente, será enviado al correo electrónico indicado al momento de la suscripción. 5.3.3. Los certi fi cados emitidos con fi rma electrónica acreditan la existencia o inexistencia de inscripciones o anotaciones preventivas vigentes en el Registro al tiempo de su expedición, con independencia del tiempo durante el cual dichos documentos electrónicos pueden ser consultados o veri fi cados. 5.4. VERIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE LA PUBLICIDAD CERTIFICADA 5.4.1. Los certi fi cados comprendidos en la presente Directiva, además de la información prevista para cada caso en el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, contarán con fi rma electrónica, código de veri fi cación, así como su respectivo Código QR. La comprobación de su autenticidad se efectuará a través de la página web de la Sunarp. 5.4.2. La exigencia de presentación de alguno de los certi fi cados descritos en el numeral 5.2, en el trámite o actividad para el cual fue solicitado, se entenderá cumplida, alternativamente: i) al presentar la reproducción impresa en soporte papel o el archivo en formato PDF del certi fi cado, que permita efectuar la veri fi cación en la página web de la Sunarp; o, ii) al indicar la dirección web, el número de solicitud y el código de veri fi cación, que constan en el Certi fi cado, que permitan a los interesados visualizar su contenido. 5.4.3. Las acciones descritas en el numeral que antecede, cuentan con los mecanismos de seguridad necesarios que aseguran la autenticidad del certi fi cado y su contenido. 5.4.4. Sin perjuicio de lo antes señalado, el usuario, desde su cuenta del SPRL, puede visualizar y descargar los documentos con fi rma electrónica emitidos por el servidor responsable. 5.5. PLAZO PARA LA VERIFICACIÓN O CONSULTA DEL CONTENIDO DEL CERTIFICADO CON FIRMA ELECTRÓNICA Durante el plazo de noventa (90) días calendarios, contados desde la expedición del certi fi cado con fi rma electrónica, la imagen de respaldo del mismo, estará habilitada en la página web de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para su veri fi cación o consulta. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS6.1. ACTUACIONES DEL SERVIDOR RESPONSABLE DENTRO DEL PROCEDIMIENTO 6.1.1. El servidor responsable, además de la expedición del certi fi cado, durante el procedimiento de publicidad registral certi fi cada en línea, puede emitir pronunciamiento mediante esquelas de observación, liquidación, denegatoria, desistimiento y abandono de la publicidad solicitada. 6.1.2. Las actuaciones señaladas en el párrafo precedente son suscritas con fi rma electrónica y el sistema incorpora el código de veri fi cación, las cuales pueden ser visualizadas a través de la cuenta del usuario y comunicadas al correo electrónico indicado por aquél al momento de la suscripción al SPRL. 6.2. ACTUACIONES DEL USUARIO 6.2.1. SUBSANACIÓN Y PAGO DE MAYOR DERECHO 6.2.1.1. El usuario, desde su cuenta, puede subsanar la observación o efectuar el pago del mayor derecho, según corresponda.