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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (09/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2017 / El Peruano momento de efectuar el pago del valor total de la Tasación, solicitando acogerse a lo establecido en el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley; Que, asimismo con los informes antes citados, adjunta la Disponibilidad Presupuestal de la O fi cina de Programación, Evaluación e Información de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del predio afectado, contenida en el Informe N° 589-2017-MTC/20.4; Que, por Informe N° 837-2017-MTC/20.3 la O fi cina de Asesoria Legal concluye que, de conformidad con lo establecido en la Ley, y en base a lo informado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 194-2017-MTC/01.02 y apruebe el valor total de la Tasación y el pago que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble afectado por la ejecución de la Obra; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 194-2017-MTC/01.02, del 30 de marzo de 2017, que aprobó la ejecución de la expropiación del área del inmueble con código CCS-MATBOM-DEANV-155, afectado por la ejecución de la Obra: “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná – Dv. Quilca – Matarani – Ilo- Tacna, Sub Tramo 1: Matarani – El Arenal; Sub Tramo 2: El Arenal – Punta de Bombón” (en adelante, la obra), y el valor de la Tasación; Artículo 2.- Aprobar el valor total de la Tasación que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná – Dv. Quilca – Matarani – Ilo- Tacna; Sub Tramo 1: Matarani – El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal – Punta de Bombón”, así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y realice el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución respecto al pago a cuenta realizado al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasacion, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre los bienes inmuebles, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y ComunicacionesAnexo Valor total de la Tasación correspondiente al área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná – Dv. Quilca – Matarani – Ilo- Tacna; Sub Tramo 1: Matarani – El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal – Punta de Bombón”. Nº CÓDIGO VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/)INCENTIVO DEL 20% DEL VCI (S/)VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/)VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 1CCS-MATBOM- DEANV-15534,966.32 6,993.26 7,921.01 49,880.59 1563545-5 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 332-2017-VIVIENDA Lima, 8 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 411-2016-VIVIENDA se designó al señor Jorge Enrique Alberto Ratto Cúneo, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Enrique Alberto Ratto Cúneo, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1563642-1 Dan por concluida designación de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2017-VIVIENDA Lima, 8 de setiembre de 2017