Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de setiembre de 2017 /

El Peruano

momento de efectuar el pago del valor total de la Tasación, solicitando acogerse a lo establecido en el numeral 21.8 del artículo 21 de la Ley; Que, asimismo con los informes antes citados, adjunta la Disponibilidad Presupuestal de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del predio afectado, contenida en el Informe N° 589-2017-MTC/20.4; Que, por Informe N° 837-2017-MTC/20.3 la Oficina de Asesoria Legal concluye que, de conformidad con lo establecido en la Ley, y en base a lo informado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que deje sin efecto la Resolución Ministerial N° 194-2017MTC/01.02 y apruebe el valor total de la Tasación y el pago que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del inmueble afectado por la ejecución de la Obra; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192 y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 194-2017-MTC/01.02, del 30 de marzo de 2017, que aprobó la ejecución de la expropiación del área del inmueble con código CCS-MATBOM-DEANV-155, afectado por la ejecución de la Obra: "Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná ­ Dv. Quilca ­ Matarani ­ Ilo- Tacna, Sub Tramo 1: Matarani ­ El Arenal; Sub Tramo 2: El Arenal ­ Punta de Bombón" (en adelante, la obra), y el valor de la Tasación; Artículo 2.- Aprobar el valor total de la Tasación que incluye el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná ­ Dv. Quilca ­ Matarani ­ Ilo- Tacna; Sub Tramo 1: Matarani ­ El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal ­ Punta de Bombón", así como el pago correspondiente, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de la Tasación a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución respecto al pago a cuenta realizado al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, PROVIAS NACIONAL remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral y copia certificada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasacion, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre los bienes inmuebles, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones

Anexo Valor total de la Tasación correspondiente al área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Construcción y Mejoramiento de la Carretera Camaná ­ Dv. Quilca ­ Matarani ­ Ilo- Tacna; Sub Tramo 1: Matarani ­ El Arenal, Sub Tramo 2: El Arenal ­ Punta de Bombón".
VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (VCI) (S/) 34,966.32 INCENTIVO VALOR DEL DEL 20% DEL PERJUICIO VCI ECONÓMICO (S/) (S/) 6,993.26 7,921.01 VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 49,880.59



CÓDIGO

1

CCS-MATBOMDEANV-155

1563545-5

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aceptan renuncia de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 332-2017-VIVIENDA Lima, 8 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 411-2016-VIVIENDA se designó al señor Jorge Enrique Alberto Ratto Cúneo, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Enrique Alberto Ratto Cúneo, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1563642-1

Dan por concluida designación de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2017-VIVIENDA Lima, 8 de setiembre de 2017

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