Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2018 (07/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de abril de 2018 /

El Peruano

sanciones y medidas administrativas se establecen por vía reglamentaria, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Tipificación de Infracciones Administrativas y Escala de Sanciones en Materia Ambiental en el Sector Saneamiento, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 024-2017-VIVIENDA, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Resolución Ministerial aprobará la Metodología para el Cálculo de Multas que se impondrá a los Prestadores de los Servicios de Saneamiento; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, dispone que los proyectos de normas que regulan asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, publicándose el aviso del proyecto en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días útiles. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1285, que modifica el artículo 79 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental; en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado con Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA y el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto de Resolución Ministerial Dispóngase la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Metodología de Cálculo de las Multas en materia ambiental en el Sector Saneamiento; en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de diez (10) días útiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Consolidación de información La Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es la encargada de recepcionar, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, los comentarios y/o sugerencias al proyecto normativo señalado en el artículo precedente, a través del correo electrónico: medio.ambiente@vivienda.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1634509-1

VISTOS, el Memorándum N° 015-2018-VIVIENDAOGPP-ST-CSTCF de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como Secretaría Técnica de la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; el Memorándum N° 212-2018-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Informe N° 322-2018-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo que dispone el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es función específica en materia de vivienda y saneamiento de los Gobiernos Regionales el aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se aprobó la fusión por absorción del Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante. Asimismo, dicho dispositivo establece que toda referencia normativa al "Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA" se entenderá hecha al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS; Que, a través del Decreto Supremo Nº 049-2008PCM se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2008" el cual comprende la transferencia de funciones en materia de vivienda y saneamiento establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM-SD, se aprobó la Directiva N° 003-2008PCM/SD, Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, estableciendo pautas para la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, Actas Sustentatorias e Informes Finales, que se elaboran en la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales; Que, el literal e) del numeral 5.1, del artículo 5, de la Directiva antes indicada, establece que los Ministerios emitirán la respectiva Resolución Ministerial, dando a conocer a las entidades del sector público y privado y a los ciudadanos en general, la culminación del proceso de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales, las cuales deberán ser debidamente detalladas, en las materias que correspondan, a fin que la atención de los servicios públicos asociados a dichas funciones transferidas se canalice adecuadamente; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 003-2011-PCM-SD publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de enero de 2011, se acredita, al Gobierno Regional de Lambayeque para la transferencia de la función específica establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Decreto Supremo Nº 103-2011-PCM, establece medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010, entre los cuales se encuentra comprendida la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la materia de vivienda y saneamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 385-2014-VIVIENDA, se adecua y reconforma la Comisión del Sector Vivienda responsable del proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones y recursos asociados, a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, constituida por Resolución Ministerial Nº 295-2007-VIVIENDA y modificatorias; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 080-2017-VIVIENDA, se aprobó el Plan de Transferencia

Declaran concluido proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) del artículo 58 de la Ley N° 27867, al Gobierno Regional de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 126-2018-VIVIENDA Lima, 6 de abril de 2018

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