TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Sábado 7 de abril de 2018 / El Peruano EmpresaMonto total a reconocer por Osinergmin (Soles) Hidrandina 208 709.66Luz del Sur 11 690.26Seal 29 873.00Sersa 4 151.84TOTAL 1 332 131.25 Artículo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago al fi duciario a que se hace referencia en el Artículo 19.3 de la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, aprobada con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, la realizará el Jefe de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada junto con los Informes N° 0171-2018-GRT y N° 417-2017-GRT en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe. JAIME MENDOZA GACON GerenteGerencia de Regulación de Tarifas 1634221-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de persona jurídica privada RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 016-2018-CONCYTEC-SG Lima, 6 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 004-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el O fi cio Nº 112-2018-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y el Informe Nº 083-2018-CONCYTEC-OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2018-CONCYTEC-P de fecha 14 de febrero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 02-2018-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones 2018, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable de la conducción y ejecución de los instrumentos fi nancieros, que comprende entre otros, la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar; Que, el segundo párrafo del referido Numeral señala que el FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos-Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante el O fi cio Nº 112-2018-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe total ascendente a S/ 119 996,40, que resultó ganador del Esquema Financiero EF 057-2017-01 denominado “Proyectos de Investigación en Salud EU-LAC Health”, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 081-2017-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 004-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe total ascendente a S/ 119,996.40, para co fi nanciar un proyecto en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalado en el Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan el Certi fi cado de Crédito Presupuestario Nº 0000000120, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 081-2017-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente otorgar la subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, para co fi nanciar el Proyecto aprobado mediante Contrato suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha veri fi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecido en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, en las Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha veri fi cado que el otorgamiento de la subvención solicitada cuenta con el Contrato correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, rati fi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 004-2018-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases del mencionado concurso, el citado contrato/convenio (incluido su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 083-2018-CONCYTEC- OGPP, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, señala que ha veri fi cado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, con la visación de la presente Resolución, ratifi ca la viabilidad de la presente autorización en el marco de sus competencias, concluyendo que la solicitud de otorgamiento de la subvención efectuada por el FONDECYT, cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se co fi nanciará el