Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2018 (14/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de abril de 2018 /

El Peruano

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG, se dictan disposiciones para la aprobación de Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modificada por la Resolución Ministerial Nº 0355-2017-MINAGRI, precisándose que estos documentos de gestión deberán ser aprobados mediante resolución ministerial previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, con los documentos del Vistos, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo, remite para su aprobación la propuesta del Manual de Operaciones de dicho Proyecto Especial; Que, mediante los Informes Técnicos Nos. 094-2017-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM y 001-2018-MINAGRI-SG, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, ha emitido opinión favorable a la aprobación de la propuesta adecuada de Manual de Operaciones del Proyecto Especial, refiriendo que este instrumento de gestión cumple con las características y requisitos de la normatividad vigente; Que, el Manual de Operaciones permitirá al Proyecto Especial Binacional de Desarrollo de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP) contar con un instrumento de gestión actual alineado al Sector, en el cual se establece la naturaleza y finalidad, objetivo general, objetivos específicos, ámbito de intervención, dependencias, funciones, estructura orgánica y principales procesos, entre otros; orientado al cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Política Nacional Agraria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI; Que, en consecuencia resulta necesario proceder a la aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP). Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP), el mismo que consta de cinco (05) Títulos, veintitrés (23) artículos y (01) Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Medidas Complementarias Dentro del plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (PEBDICP), presentará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINAGRI la propuesta de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y, en tanto se apruebe, podrá adoptar las medidas transitorias necesarias que se requieran, para asegurar la adecuada implementación de todas las funciones establecidas en el referido Manual de Operaciones. Artículo 3.- Derogatoria Derogar la Resolución Jefatural Nº 152-2001-INADE-1100 de fecha 07 de agosto del 2001.

Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y la Resolución que aprueba el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Binacional de Desarrollo Integral de la Cuenca del río Putumayo (www.pedicp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1636958-2

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 120-2018-MINCETUR Lima, 4 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior en concordancia con la política general del Estado y con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias; así como representar al país en las cumbres y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el día 18 de abril de 2018, se llevará a cabo en la ciudad de San José, República de Costa Rica, la "Segunda Cumbre Ministerial sobre Productividad en Latinoamérica y el Caribe", evento coorganizado por el Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE y el Banco Mundial; dicho evento reunirá a investigadores y legisladores para entablar discusiones sustantivas bajo el tema central la "Integración comercial regional y la productividad"; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Luis Alberto Mesías Changa, Director General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la Segunda Cumbre Ministerial antes mencionada; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2018, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 17 al 19 de abril de 2018, del señor Luis Alberto Mesías Changa, Director

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