Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2018 (20/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 20 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el funcionario citado en el artículo 1 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Encargar al señor Sergio Iván Atarama Martínez, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con retención de su cargo, las funciones del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, a partir del 21 de abril de 2018 y en tanto dure la ausencia de su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1639001-1

Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal - PAP para el Año Fiscal 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0169-2018-JUS Lima, 19 de abril de 2018 Vistos; el Informe N° 006-2018-OGRRHH-OGEC, de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina General de Recursos Humanos; el Oficio N° 650-2018-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Oficio N° 682-2018-JUS/OGRRHH, de la Oficina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 346-2018-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que esta entidad es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; tiene la finalidad de promover y difundir los derechos humanos, postulando políticas de acceso a la justicia, con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad; asimismo, formula las políticas de defensa jurídica de los intereses del Estado y, en particular, contra los actos que afecten la probidad en el ejercicio de la función pública y vela por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, ética pública, seguridad jurídica y paz social; Que, mediante el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se establece la nueva estructura orgánica y las funciones de los Órganos y Unidades Orgánicas de la entidad; Que, el artículo 100 del citado Reglamento de Organización y Funciones, señala que en tanto culmine el proceso de implementación al régimen del Servicio Civil normado por la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus normas reglamentarias, el personal del Ministerio se encuentra comprendido dentro del régimen laboral establecido en el Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento y las demás normas en la materia; Que, con Resolución Ministerial N° 0185-2017-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 01972017-JUS, de fecha 10 de agosto de 2017, se aprobó el Presupuesto Analítico Presupuestal para el año 2017, en

concordancia con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado mediante la citada Resolución Ministerial N° 0185-2017-JUS; Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante las Resoluciones Ministeriales N° 299-2017-JUS, N° 304-2017-JUS, N° 004-2018-JUS, N° 016-2018-JUS y N° 032-2018-JUS ha aprobado el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional; por lo cual, la Oficina General de Recursos Humanos considera necesario actualizar el Presupuesto Analítico de Personal de nuestra institución; Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la entidad, mediante Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal - PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal; Que, mediante el Informe N° 006-2018-ORRHHOGEC, la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina General de Recursos Humanos, sustenta y propone la necesidad de aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP para el Año Fiscal 2018, del Ministerio del de Justicia y Derechos Humanos, y mediante el Oficio N° 650-2018-JUS/OGPM-OPRE, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, otorga la correspondiente viabilidad presupuestal; Que, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 001-82-INAP-DNP, Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, el PAP es un documento en el cual se considera el presupuesto para los servicios específicos de personal permanente y del eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los Sub-Programas, actividades y/o Proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta el Cuadro de Asignación de Personal y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia; asimismo, la citada norma establece que el PAP es aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, el artículo 5 de la Directiva N° 001-2009EF/76.01, Directiva para el Uso del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, aprobada por Resolución Directoral N° 016-2009-EF-76.01, dispone que los formatos de los recursos humanos y del Presupuesto Analítico de Personal - PAP, que sustentan las asignaciones y los gastos en las fases de programación, formulación y ejecución presupuestaria, se obtendrán a partir de la información registrada en el referido aplicativo informático; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta pertinente aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP para el Año Fiscal 2018, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, contando con las visaciones de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Resolución Jefatural N° 019-82-INAP-DIGESNAP, que aprueba la Directiva N° 001-82-INAP-DNP, Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público; y, la Resolución Directoral N° 0162009-EF-76.01 que aprueba la Directiva N° 001-2009EF/76.01, Directiva para el Uso del Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público;

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