Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2018 (20/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de abril de 2018 /

El Peruano

acuerdo a lo previsto en la Directiva que emita para estos efectos, las que son incluidas en un Listado de Bienes y Servicios Comunes al que se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación o exclusión, previo sustento técnico; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso", aprobada por Resolución Jefatural Nº 0422016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por la Resolución Jefatural Nº 063-2017PERÚ COMPRAS, en adelante la "Directiva", señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones específicas que deben tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación de la Entidad, y la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común, y ii) Características específicas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modificar o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes, previo sustento técnico de la verificación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Subasta Inversa, siendo que, para el caso de modificación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la Ficha Técnica, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modificación o la exclusión de la ficha técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes; Que, la Dirección de Subasta Inversa a través del Informe Nº 036-2018-PERÚ COMPRAS/DSI, sustenta la modificación de una (01) Ficha Técnica del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes, debido a la actualización de los registros sanitarios vigentes del siguiente producto farmacéutico: TRIPTORELINA, 3,75, mg INYECTABLE, CON SOLVENTE, en lo referido al ingrediente farmacéutico activo ­ IFA, concentración, forma farmacéutica y solvente, debiendo precisar que no afecta la condición de bien común del citado bien; Que, mediante Informe Nº 092-2018-PERÚ COMPRAS/ SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Subasta Inversa, y de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2016-PERÚ COMPRAS, es procedente la modificación de una (01) Ficha Técnica del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos del Listado de Bienes y Servicios Comunes; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1018; el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; la Directiva Nº 006-2016PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada por Resolución Jefatural Nº 063-2017-PERÚ COMPRAS; y en uso de la atribución conferida por los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo Nº 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar una (01) Ficha Técnica del Rubro Medicamentos y Productos Farmacéuticos, incluida en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, contenidas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, según el siguiente detalle:
Nº Denominación del Bien

Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Tecnologías de la Información realicen la publicación de la presente Resolución y el Anexo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado ­ SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS (www. perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA AGUSTINA RÁZURI ALPISTE Jefa (e) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1638759-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Aprueban precio de venta para diversos servicios de promoción de las exportaciones, en eventos a realizarse en Brasil y Perú
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 037-2018-PROMPERÚ/SG Lima, 17 de abril de 2018 Vistos, el Memorándum Nº 122-2018-PROMPERÚ/ SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los Memorándum Nº 113, 116, 121 y 144-2018-PROMPERÚ/ DX-SPI de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, y el Memorándum Nº 180-2018-PROMPERÚ/SG-OGA de la Oficina General de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas para el año 2018, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante los memorándum señalados en los vistos, indica que tiene prevista la participación y organización de las siguientes actividades: i) Rueda de Negocios Industria Perú 2018, ii) Feria FIT 2018, y iii) Rueda de Negocios Perú Service Summit 2018, respectivamente, razón por la cual solicita la aprobación de los precios de venta correspondientes, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala en el numeral 42.4 de su artículo 42 que "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el Artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal";

1. TRIPTORELINA, 3,75, mg INYECTABLE, CON SOLVENTE
· La Ficha Técnica podrá ser visualizada en el siguiente enlace web: www. perucompras.gob.pe/lbsc

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