Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2018 (22/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 22 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
CÓDIGO CÓDIGO UNIFICADO SNIP PROYECTO FF-RB

21
PRESUPUESTO TOTAL 10,000,000.00

Gerencia señala que el Proyecto de la primera adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019", ha cumplido con los requerimientos para las evaluaciones técnicas establecidas en la Ley Nº 30356 y a las normas y procedimientos estipuladas en la referida Directiva; Que, mediante Informe Nº 2018-04-016-MML-GF, la Gerencia de Finanzas emite opinión al respecto considerando financieramente viable la transferencia de recursos a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) a fin de atender la primera adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019", para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública registrados con Códigos de Inversión Nros. 2380977, 2380797, 2338135, 2280637, 2281737 y 2333341, hasta por el importe total de S/ 478,420,116.40, cuyo financiamiento será con cargo a la Transferencia Financiera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Fuente de Financiamiento 04 Donaciones y Transferencias, Rubro 13 - Donaciones y Transferencias, y con cargo a los recursos de la MML en la Fuente de Financiamiento 05 ­ Recursos Determinados, Rubro 07 ­ FONCOMUN y Rubro 08 ­ Impuestos Municipales; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe Nº 346-2018-MML-GAJ, luego de la evaluación y análisis del proyecto de Adenda al Convenio, considera legalmente viable su aprobación; Que, el numeral 3.10 del artículo tercero de la Resolución de Alcaldía Nº 001-2018 de fecha 03 de enero de 2018, faculta a los gerentes de línea así como a los gerentes de los órganos desconcentrados, a celebrar los actos y contratos para el ejercicio de las funciones de su competencia , incluyendo la suscripción de convenios de cooperación nacional o internacional que sean previamente aprobados por el Concejo Municipal, en tal sentido, el Gerente General de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima ­ EMAPE S.A., se encuentra facultado para la suscripción de la Primera Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019", con la Organización Internacional para las Migraciones. Estando a lo expuesto y al amparo de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 571, que aprueba el Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales, en sus Dictámenes Nros.53-2018-MML-CMAEO y 34-2018-MML-CMAL, el Concejo Metropolitano de Lima; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la celebración de la Primera Adenda al Convenio de Administración de Recursos para la Ejecución del Proyecto "Obras Viales para la Accesibilidad de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos Lima 2019", con la Organización Internacional para las Migraciones, cuyo original forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Aprobar se considere en la transferencia de recursos a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) a fin de atender la adenda al Convenio de Administración de Recursos, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública registrados con Códigos de Inversión Nros. 2380977, 2380797, 2338135, 2280637, 2281737 y 2333341, hasta por el importe total de S/ 478,420,116.40, cuyo financiamiento será con cargo a la Transferencia Financiera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Fuente de Financiamiento 04 Donaciones y Transferencias, Rubro 13 - Donaciones y Transferencias, y con cargo a los recursos de la MML en la Fuente de Financiamiento 05­Recursos Determinados, Rubro 07­FONCOMUN y Rubro 08 ­ Impuestos Municipales, estableciéndose el financiamiento de la transferencia tal como se detalla a continuación:

2380977

MEJORAMIENTO DE LA 04-13 INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. SAN LUIS , TRAMO AV. JAVIER PRADO - AV. MEXICO, AV. DEL AIRE Y AV. AGUSTIN 05-08 DE LA ROSA TORO, DISTRITOS DE SAN BORJA, SAN LUIS Y LA VICTORIA, LIMA - LIMA MEJORAMIENTO DE LA 04-13 GEOMETRÍA VIAL DE LA AV. PASEO DE LA REPUBLICA, TRAMO AV. DOMINGO ORUE 05-08 AV. ARAMBURU, DISTRITOS DE MIRAFLORES Y SURQUILLO, LIMA - LIMA MEJORAMIENTO DE LA AV 05-07 PEDRO MIOTA, ANTIGUA PANAMERICANA SUR TRAMO 277914 CALLE TALARA - AV MATEO 04-13 PUMACAHUA, DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, PROVINCIA DE LIMA - LIMA MEJORAMIENTO DE LA VIA 05-08 ANTIGUA PANAMERICANA SUR TRAMO: PUENTE ARICA - SANTA MARIA DEL MAR; 324146 DISTRITOS: LURIN, PUNTA 04-13 HERMOSA, PUNTA NEGRA, SAN BARTOLO Y SANTA MARIA DEL MAR, PROVINCIA DE LIMA - LIMA MEJORAMIENTO Y 05-08 REHABILITACION DE LA VIA AUXILIAR PANAMERICANA SUR TRAMO: AV. MATEO 324686 PUMACAHUA - REFINERÍA 04-13 CONCHÁN, DISTRITOS DE VILLA EL SALVADOR Y LURIN, PROVINCIA DE LIMA - LIMA MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL Y PEATONAL DEL EJE VIAL AV. DE LOS HEROES - AV. PACHACUTEC Y CREACION DE PASOS A DESNIVEL EN LAS INTERSECCIONES 04-13 372623 CON LA AV. SAN JUAN, AV. MIGUEL IGLESIAS Y AV. 26 DE NOVIEMBRE, DISTRITOS DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, VILLA MARIA DEL TRIUNFO Y VILLA EL SALVADOR, PROVINCIA DE LIMA - LIMA TOTAL

6,206,589.10

10,500,000.00

2380797

2,939,737.99

5,187,326.49

2338135

29,265,476.00

4,764,741.43

2280637

95,342,088.00

6,423,655.26

2281737

69,004,487.00

2333341

238,786,015.04

478,420,116.31

Artículo Tercero.- Encargar al Gerente General de la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima ­ EMAPE S.A., la suscripción de la primera Adenda al Convenio aprobado en el Artículo Primero del presente acuerdo, así como realizar las coordinaciones de las actividades y las acciones administrativas que correspondan para su ejecución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1639647-1

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