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7 NORMAS LEGALES Domingo 22 de abril de 2018 El Peruano / h) Expedir resoluciones en materias de su competencia. i) Realizar acciones orientadas a promover una cultura de integridad pública sobre la base de la ética. j) Promover programas de incentivos no pecuniarios por el cumplimiento destacado de las entidades públicas y servidores civiles de las normas y acciones vinculadas con la integridad pública y ética pública. k) Generar y administrar información cuantitativa y cualitativa en las materias a su cargo, a fi n de desarrollar indicadores que permitan el monitoreo y la adopción de políticas públicas. l) Otras funciones que le asigne el/la Secretario/a General y aquellas que le sean dadas por normativa expresa.” Cuarta.- Modi fi cación del organigrama del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros Modifíquese el organigrama del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, conforme al anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1639860-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Conforman Grupo de Trabajo encargado de la evaluación de los alquileres de los bienes inmuebles de la Sede Central del Ministerio y sus Programas Nacionales Adscritos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 130-2018-MIDIS Lima, 20 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se estableció que es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público, y constituye pliego presupuestal; Que, el artículo 10 del Reglamento de la Ley 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece como funciones y atribuciones de las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Bienes Estatales, entre otras, realizar inspecciones técnicas de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración para verifi car el uso y destino a fi n de lograr una e fi ciente gestión de los mismos, así como efectuar el diagnóstico de la situación técnica y legal de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administración, ejecutando cuando corresponda, las acciones de saneamiento técnico y legal de los mismos, de acuerdo a la normatividad vigente Que, en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece el objeto de la comisiones, señalando además que para otras funciones que no sean de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, resulta pertinente conformar un grupo de trabajo que se encargue de evaluar la situación jurídica de inmuebles arrendados por la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales; y proponer mecanismos para estandarizar los mismos, en armonía con los fi nes y objetivos del Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformación de Grupo de Trabajo Confórmese el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de la evaluación de los alquileres de los bienes inmuebles de la Sede Central y sus Programas Nacionales adscritos. Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de la evaluación de los alquileres de los bienes inmuebles de la Sede Central y sus Programas Nacionales adscritos, estará integrado por: - Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social. - Viceministro/a de Prestaciones Sociales.- Jefe/a de la O fi cina General de Administración. - Jefe/a de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 3.- Período de vigencia El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo será de treinta (30) días, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 4.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, deberán presentar un informe fi nal ante el Titular del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, proponiendo recomendaciones. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1639854-1 EDUCACION Convocan el Segundo Tramo de la Evaluación Ordinaria del Desempeño para Profesores de Instituciones Educativas del Nivel Inicial de la Educación Básica Regular de la Carrera Pública Magisterial, y aprueban cronograma RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 167-2018-MINEDU Lima, 20 de abril de 2018 VISTOS, el Expediente N° 0077427-2018, el Informe N° 283-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 335-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación