Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2018 (15/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Miércoles 15 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican la Ordenanza N° 457-MDA, que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito
ORDENANZA Nº 474-MDA Ate, 9 de agosto del 2018 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 09 de Agosto del 2018, Presidida por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Dr. Erasmo Lázaro Bendezu Ore, visto el Documento Nº 32053-2018 de la empresa Federación de Transportistas en Vehículos Menores del Cono Este de Ate - FETRAVEMECEA; el Informe Técnico Nº 204-2018-MDA-GDU/SGTTV-AT e Informe Nº 410-2018-MDA-GDU/SGTTV de la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad; el Informe Nº 1242-2018MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 1061-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los Artículos 191º,194º y 203º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Siendo atribución del Concejo Municipal, de conformidad con el inciso 8), del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas "son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 457-MDA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 28 de Noviembre del 2017, se regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de Ate, el cual tiene como finalidad garantizar las condiciones de idoneidad en la prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate, fomentando el uso racional de la infraestructura de transporte, la movilidad sostenible, las mejoras del servicio y la calidad de vida de los usuarios. Que, mediante Informe Técnico Nº 204-2018-MDAGDU/SGTTV-AT, emitido por el área técnica de Transporte en atención al documento presentando por la Federación de Transportistas de Vehículos Menores del Cono Este de Ate Vitarte, Lima ­ FETRAVEMECEA solicita, modificación de las dimensiones del pintado de placas de rodaje, código único y letrero frontal; se

recomienda modificar la Ordenanza Municipal Nº 457MDA en su numeral 1) y 4) del Artículo 27º del Sub Capítulo I del Capítulo II, ante ello y de acuerdo al estudio realizado concluye que desde la publicación de la Ordenanza Nº1693-MML en el año 2013 hasta la actualidad, el parque automotor de vehículos menores que circula y presta el servicio de transporte público especial de pasajeros en el distrito de Ate, ha visto un cambio en cuanto a la diversidad de modelos y sus características, los cuales en muchos casos disponen de espacios menos adecuados para la implementación del pintado de placas con las dimensiones establecidas en la normatividad precitada, por tanto, se recomienda modificar la Ordenanza Nº 457-MDA en su numeral 1) y 4) del artículo 27º del Sub Capítulo I del Capítulo II; Que, mediante Informe Nº 410-2018-MDA/GDUSGTTV, la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad solicita la modificación del numeral 4) del Artículo 27º del Sub Capítulo I del Capítulo II, de la Ordenanza Nº 457MDA, Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate; la misma, que debe ser modificada por una norma de igual rango, esto es, por una Ordenanza, remitiendo los actuados para su trámite respectivo; Que, mediante Informe Nº 1242-2018-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala respecto a la evaluación técnica efectuada, por la que se concluye la necesidad de modificar las medidas de identificación del vehículo menor; opina, que es viable la modificación del inciso 4) del artículo 27º de la Ordenanza Nº 457-MDA, Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate; el cual corresponde ser aprobado por el Concejo Municipal en cumplimiento de la atribución conferida por el inciso 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Proveído Nº 1061-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica poner a consideración del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza que modifica el numeral 4) del Artículo 27 del Sub Capítulo I del Capítulo II de la Ordenanza Nº 457-MDA, Ordenanza que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, Y, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º Y ARTÍCULO 40º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIONES Y CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE; ORDENANZA QUE MODIFICA EL NUMERAL 4) DEL ARTÍCULO 27º DEL SUB CAPÍTULO I DEL CAPÍTULO II DE LA ORDENANZA Nº 457-MDA, ORDENANZA QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE ATE Artículo 1º.- MODIFICAR; el numeral 4) del Artículo 27º del Sub Capítulo I del Capítulo II, de la Ordenanza Nº 457-MDA, que Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de Ate que; DICE: 4. Parte Lateral.- En las puertas laterales de ambos lados, se pintará las placas de rodaje en un rectángulo. Las medidas para la identificación del vehículo, respecto a la denominación social de la persona jurídica y la placa de rodaje tendrá la medida de 35 cm de largo por 25 cm de alto con letras de color negro y fondo amarillo. Para la

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