Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2018 (25/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de agosto de 2018 /

El Peruano

formalizada mediante Resolución Suprema refrendada por los Ministros de Comercio Exterior y Turismo, del Ambiente y de Cultura, con opinión previa vinculante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y del Ministerio de Cultura; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" del citado Decreto Supremo establece que mediante Resolución Suprema se creará la Comisión Técnica Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar el mencionado Plan, teniendo entre sus funciones, elaborar, socializar y presentar el referido Plan para su aprobación; Que, mediante Resolución Suprema N° 011-2012-MINCETUR, se crea la Comisión Técnica Multisectorial encargada de elaborar el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", cuyo plazo para llevar a cabo sus funciones es de dieciocho (18) meses, computados desde su instalación; Que, mediante el Decreto Supremo N° 014-2017-MINCETUR, se modifica las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", aprobadas por el Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 014-2017-MINCETUR establece un plazo de tres (03) meses para que la Comisión Técnica Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 011-2012-MINCETUR cumpla con presentar el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" junto con el Informe Técnico Final, a fin de cumplir con el mandato del artículo 3 de la Ley N° 28533, Ley de Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi; Que, mediante Oficio N° 001-2017-COMISION TÉCNICA MULTISECTORIAL, presentado en fecha 21 de setiembre de 2017, la Comisión Técnica Multisectorial encargada de elaborar el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" presenta el mencionado Plan y el Informe Técnico Final al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante Oficio N° 541-2017-SERNANP-J, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado opina favorablemente sobre el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" y el proyecto de Resolución Suprema; Que, mediante Oficio N° 0451-2017-VMPCIC/MC, el Ministerio de Cultura opina favorablemente sobre el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia" y el proyecto de Resolución Suprema; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia"; de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR y su modificatoria, a fin de cumplir con el mandado establecido en la Ley N° 28533. De conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28533, Ley de promoción y desarrollo turístico del Cañón de Cotahuasi, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y el Decreto Supremo N° 011-2011-MINCETUR, que aprueba las disposiciones reglamentarias para la elaboración del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", modificado por el Decreto Supremo N° 014-2017-MINCETUR. RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia"

Apruébese el "Plan de Protección, Conservación, Promoción y Desarrollo Turístico del Cañón de Cotahuasi y de su Zona de Influencia", que como anexo forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Suprema en el Diario Oficial "El Peruano" y del Plan que se aprueba en el artículo 1 precedente en los Portales Institucionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), Ministerio del Ambiente (www.minam. gob.pe) y Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra del Ambiente y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1685044-4

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Dan por concluida designación de responsable de emitir las ofertas laborales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 321- 2018-MIDIS/PNAEQW Lima, 23 de agosto de 2018 VISTOS: El Memorando N° 3214-2018-MIDIS/PNAEQWURH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° 775-2018-MIDIS/PNAEQW-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario a las niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; así como a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonía Peruana; y, a los escolares de la modalidad jornada escolar completa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del PNAEQW, que constituye el documento técnico normativo de gestión que determina la estructura, funciones generales del programa social, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo del programa;

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