Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2018 (25/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 25 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Que, el literal m) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PNAEQW establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otras: m) Emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 110-2017-MIDIS/PNAEQW, se designa a la señora Karina Yodell Cabezas Acha, en su calidad de Jefa de la Unidad de Recursos Humanos, como única responsable de emitir las ofertas laborales del PNAEQW, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, ante al cese laboral de la señora Karina Yodell Cabezas Acha, corresponde dar por concluida la mencionada designación; Que, del informe del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica señala que resulta pertinente que se realicen las acciones conducentes a dejar sin efecto la designación de la señora Karina Yodell Cabezas Acha como responsable de emitir las ofertas laborales del PNAEQW, efectuado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 110-2017-MIDIS/PNAEQW, en virtud a lo establecido en el literal m) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PNAEQW, aprobado por Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS, Decreto Supremo N° 004-2015-MIDIS, Decreto Supremo N° 012-2017-MIDIS, Decreto Supremo N° 005-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° 232-2018-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1. Conclusión de la designación del Responsable de emitir Ofertas Laborales del PNAEQW Dar por concluida la designación de la señora Karina Yodell Cabezas Acha como única responsable de emitir las ofertas laborales del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, efectuado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 110-2017-MIDIS/PNAEQW. Artículo 2. Conocimiento de la Unidades Orgánicas del Programa Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, hacer de conocimiento de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo, y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3. Publicación en diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional Disponer la publicación de la presente, en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.qaliwarma.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese. SANDRA NORMA CÁRDENAS RODRÍGUEZ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 1684140-1

La Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 149-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, la Resolución Nº 001409-2018-SERVIR/TSC-Primera Sala del Tribunal del Servicio Civil, el Informe Nº 0231-2018-MIDIS/PNAEQWURH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 0776-2018-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2012-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2014-MIDIS, el Decreto Supremo Nº 004-2015-MIDIS, el Decreto Supremo Nº 012-2017-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 005-2018-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres (3) años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, que constituye el documento técnico normativo de gestión que determina la estructura, funciones generales del programa social, funciones específicas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo del programa; Que, el literal t) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, establece como función de la Dirección Ejecutiva, entre otros: t) Autorizar las acciones y contrataciones de personal, bajo cualquier régimen de contratación, de conformidad con los lineamientos y políticas sectoriales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y en el marco de la legislación vigente; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024, se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y trasparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 023-2013-SERVIR-PE, se aprueba la asignación, a partir del 01 de febrero de 2013, de la Gerente Público Rocío Elizabeth Portal Vásquez en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial de Cajamarca del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 151-2013-MIDIS/PNAEQW de fecha 6 de marzo de 2013, se designa con eficacia anticipada al 1 de febrero de 2013, a la Gerente Público Rocío Elizabeth Portal Vásquez, en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial de Cajamarca del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 149-2018-MIDIS/PNAEQW-DE de fecha 11 de abril 2018, en el marco del desarrollo de un proceso administrativo disciplinario, se impuso a la servidora Rocío Elizabeth Portal Vásquez la sanción de destitución; Que, el segundo párrafo del artículo 21 del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, establece que La Entidad Receptora no podrá hacer efectiva la imposición de la sanción hasta que quede firme, sea porque no es impugnada o porque quede confirmada por el Tribunal del Que, mediante Resolución Nº 001409-2018-SERVIR/ TSC-Primera Sala de fecha 10 de agosto de 2018, el Tribunal del Servicio Civil declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Rocío Elizabeth Portal Vásquez y, en consecuencia, se confirma la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 149-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, del

Dan por concluida designación de Jefe de la Unidad Territorial Cajamarca 1, como consecuencia de ejecución de sanción de destitución impuesta por Res. Nº 149-2018-MIDIS/PNAEQW-DE
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 323-2018-MIDIS/PNAEQW Lima, 24 de agosto de 2018

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