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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (25/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 25 de agosto de 2018 / El Peruano VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan viaje de servidor de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 295-2018-VIVIENDA Lima, 24 de Agosto de 2018VISTOS:El O fi cio RE (DGA-SUD) 2-17-A/22 del Viceministerio de Relaciones Exteriores; el O fi cio Nº 239-2018-VIVIENDA- VMVU del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; el Informe Nº 244-2018-VIVIENDA-VMVU/DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Memorando Nº 1965-2018-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 945-2018-VIVIENDA-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto; el Informe Nº 085-2018/VIVIENDA-OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el O fi cio RE (DGA-SUD) 2-17-A/22, el Viceministro de Relaciones Exteriores, en el marco de las coordinaciones con las autoridades ecuatorianas para la realización del Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional, que tendrá lugar en la Ciudad de Quito, República del Ecuador, el 26 de octubre de 2018, solicita contar con un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para participar en una reunión de trabajo para abordar temas de la relación bilateral, entre ellos el referido a modi fi caciones al proyecto del “Parque Lineal en Huaquillas”, República del Ecuador; Que, mediante O fi cio Nº 239-2018-VIVIENDA-VMVU, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo comunica al Viceministro de Relaciones Exteriores, que se ha designado al Especialista Técnico Eduardo Antonio Chávez Farfán, servidor de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, para participar en la mencionada reunión de trabajo; Que, mediante Informe Nº 244-2018-VIVIENDA- VMVU/DGPRVU, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, concluye que es necesaria la participación en la referida reunión de trabajo, pues permitirá evaluar la información técnica del diseño del “Parque Lineal en Huaquillas”, con el objetivo de concordar el mismo, con los diseños de los proyectos “Malecón Norte y Sur” a cargo del Programa Nuestras Cuidades–PNC y el Proyecto “Plaza de la Hermandad” a cargo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios–PMIB, los cuales forman parte de los compromisos asumidos en el Encuentro Presidencial y XI Gabinete Binacional de Ministros Perú – Ecuador, celebrado en la Ciudad de Trujillo; por lo cual la participación en dicho evento es de interés nacional; Que, mediante Memorando Nº 1965-2018-VIVIENDA- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto–OGPP, remite el Informe Nº 085-2018/VIVIENDA-OGPP-OCAI de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales, señalando que la reunión técnica binacional sobre las modi fi caciones al proyecto de “Parque Lineal en Huaquillas”, tiene como fi n evaluar la información técnica en su diseño y construcción en relación con los proyectos a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; además señala que la participación del citado funcionario irrogará gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias; así como el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1 del referido Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento; la misma que deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional la participación del señor Eduardo Antonio Chávez Farfán en el citado evento, resulta necesario autorizar el referido viaje, cuyos gastos son cubiertos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de viaje Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios del señor Eduardo Antonio Chávez Farfán, servidor de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, a la Ciudad de Quito, República del Ecuador, del 26 al 27 de agosto de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Gastos de la Comisión de servicios Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) : USD $ 1 650,90 Viáticos por 2 días : USD $ 740,00 Artículo 3.- Alcance de la Autorización La presente Resolución no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Presentación del Informe sobre las acciones realizadas Dentro de los quince (15) días calendarios posteriores a su retorno al país, el comisionado deberá presentar ante el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1685041-1