Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2018 (26/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de agosto de 2018 /

El Peruano

Que, frente a la situación actual de los Gobiernos Locales, en donde se les ha conferido nuevos roles y competencias la Municipalidad distrital de San Bartolo no es ajena a dicha realidad y por lo tanto, con la finalidad de cumplir con las funciones propias de Gobierno local y de acuerdo a su realidad económica y social se ha modificado la Estructura Orgánica y se ha elaborado el presente Reglamento de Organización y Funciones ROF, teniendo en cuenta el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM "Aprueba lineamientos para la Elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones- ROF por parte de las entidades de la Administración Publica"; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º numerales 3); 8) y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS MODIFICACIONES DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO Artículo Primero.- MODIFICA los artículos 8º, 13º, 20º, 42º 43º, 44º, 58º, 59º, 60º, 114º y 138º, al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), así como la Estructura Orgánica de la de la Municipalidad Distrital de San Bartolo y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP), en los términos del Anexo 01 adjunto que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerente Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través de la oficina de Racionalización, la elaboración del Manual de Organización y Funciones (MOF), el Clasificador de Cargos, el Presupuesto de Asignación del Personal (PAP) y demás unidades orgánicas el fiel cumplimiento de lo dispuesto según su competencia. Artículo Tercero.- DEJAR, sin efecto a partir de la fecha cualquier disposición que se oponga al presente acuerdo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano así como la difusión y publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo. POR TANTO MANDO: Registre, publique, comunique y se cumpla. JUAN GUEVARA CARAZAS Alcalde 1684979-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, aprobado por Ordenanza Nº 334-MSI y modificatorias, establece que el Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los delegados vecinales y designa a los integrantes del Comité Electoral que conducirá dichas elecciones con una anticipación no menor de sesenta (60) días calendario de la fecha de vencimiento del mandato de los delegados vecinales en ejercicio al momento de la convocatoria; Que, el artículo 6º de la norma en mención, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital propondrá a los miembros del Comité Electoral que conducirá las elecciones de los delegados vecinales; Que, la Secretaría General, a través del documento del visto, pone en conocimiento que los miembros del Comité Electoral propuestos por el Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro, son los siguientes: Ricardo Julio Goicochea Llaque (Presidente); Esther Lucy Bazán Huerta (Vicepresidente) y Natalia Lucía Córdova Ruiz (Secretaria); Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, de acuerdo a lo indicado por la Subgerencia de Participación Vecinal a través de los documentos del visto, solicita que, mediante Decreto de Alcaldía, se convoque a elecciones de delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para el periodo 2019, de acuerdo al cronograma propuesto, y designe al Comité Electoral encargado de conducir dicho proceso; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para el día 02 de diciembre de 2018, desde las 09:00 am hasta las 05:00 pm, para lo cual se deberá cumplir con el siguiente cronograma: Publicación del Padrón Electoral Provisional 27/08/18 al 11/10/18 Presentación de impugnaciones (tachas e 12/10/18 al 15/10/18 inclusiones electores) Resolución de impugnaciones 16/10/18 al 18/10/18 Publicación de Padrón Electoral Definitivo 20/10/18 Inscripción de candidatos ­ Subgerencia de Participación Vecinal. (Calle Augusto Tamayo 22/10/18 al 06/11/18 Nº 180, primer piso - San Isidro) Subsanación de lista de candidatos 08/11/18 Publicación de listado provisional de candidatos 09/11/18 al 13/11/18 Presentación de tachas 09/11/18 al 13/11/18 Resolución de tachas de candidatos 14/11/18 al 16/11/18 Publicación del listado definitivo de candidatos 20/11/18 Acto electoral 02/12/18 Proclamación de resultados 06/12/18 Difusión de resultados 06/12/18 Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral, propuesto por el Consejo de Coordinación Local del distrito de San Isidro, que conducirá el proceso electoral convocado, conforme al siguiente detalle: 1. Ricardo Julio Goicochea Llaque ­ Presidente. 2. Esther Lucy Bazán Huerta ­ Vicepresidente. 3. Natalia Lucía Córdova Ruiz ­ Secretaria. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER BEDOYA DENEGRI Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1684899-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Convocan a elecciones de Delegados de las Juntas Vecinales del distrito y designan al Comité Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2018-ALC/MSI San Isidro, 24 de agosto de 2018 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA VISTOS: El Memorándum Nº 170-2018-0600SG/MSI de la Secretaría General; el Informe Nº 152-2018-15.1.0-SPV-GDH/MSI de la Subgerencia de Participación Vecinal, el Memorando Nº 686-201815.0.0-GDH/MSI de la Gerencia de Desarrollo Humano y el Informe Nº 0497-2018-0400-GAJ/MSI; y,

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