Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2018 (26/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Domingo 26 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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"ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA INTERVENCIÓN SABERES PRODUCTIVOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO" Artículo Primero.- OBJETO DE LA NORMA. Implementar la Intervención Saberes Productivos en la Municipalidad de Carabayllo, con el objetivo de rescatar y poner en valor el conocimiento de los adultos mayores, para asegurar tanto la trasmisión de la herencia cultural como su apropiación productiva por parte de la comunidad. Artículo Segundo.- FINALIDADES. Las que se encuentran establecidas en el Artículo único, del Título Preliminar de la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor; en el Artículo IV y Artículo VI del Título Preliminar de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Tercero.- COMPROMISOS. Para la implementación de Saberes Productivos la Municipalidad distrital de Carabayllo y el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 asumen los siguientes compromisos: 3.1 La Municipalidad distrital de Carabayllo se compromete a: a) Encargar la ejecución de Saberes Productivos a la Subgerencia de la Mujer, Demuna, Omaped y adulto mayor. b) Designar el equipo a cargo de la ejecución de Saberes Productivos, integrado por personal de la Municipalidad. c) Asignar espacio físico para el desarrollo de actividades con adultos mayores en el marco de Saberes Productivos. d) Asignar presupuesto para actividades de Saberes Productivos. e) Crear o fortalecer espacios de participación para adultos mayores en la localidad donde se realicen las actividades de Saberes Productivos. f) Articular con actores locales estratégicos para la ejecución de Saberes Productivos. 3.2 El Programa Nacional de Asistencia Solidaria PENSION 65, a través de la Unidad de Proyectos e Intervenciones y la Unidad Territorial del departamento de Lima, brindará a la Municipalidad distrital de Carabayllo, asesoría y asistencia técnica en el diseño de la intervención, en la articulación con actores estratégicos regionales y locales, y realizará el monitoreo de la intervención Saberes Productivos en la localidad durante un periodo de hasta 12 meses a partir de la emisión de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- UNIDAD RESPONSABLE. Será responsable de conducir, orientar, supervisar, y monitorear la Intervención Saberes Productivos, la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, como órgano de línea dentro de la estructura orgánica funcional de la Municipalidad distrital de Carabayllo, y de acuerdo a su finalidad y funciones establecidas en al momento de su creación, la cual deberá contar con un equipo mínimo interdisciplinario a quienes el Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 capacitará en la atención al adulto mayor. Artículo Quinto.- Se encarga a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano y la Subgerencia de la Mujer, Demuna, Omaped y adulto mayor la realización de las acciones administrativas para el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 1684514-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Aprueban modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 259-2018/MDSB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO: POR CUANTO: La Municipalidad Distrital de San Bartolo en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Mayo del 2018; VISTO: Memorándum Nº 046-2018/AL de fecha 05 de Junio de del 2018 emitido del Despacho de Alcaldía, donde solicita aprobar del Proyecto del modificaciones en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP) las Modificaciones e implementación del Órgano de Control Institucional-OCI y la incorporación las funciones de la Vigilancia Sanitaria de la Inocuidad Agroalimentaria de Alimentos primarios y piensos y la última modificación de la Oficina de Programa Multianual de Inversiones OPMI, El Informe Nº 206-2017-GDT/MDSB de fecha de la Gerencia de Desarrollo Territorial, Reporte Nº 051-2017-MDSB/GAF/KAD de fecha 29 de agosto del 2017,Memorando Nº 578-2017/GM-MDSB emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº 50-2017/MDSB-GALRC de fecha 09 noviembre del 2017 emitido por la Gerencia de Asesoría Legal y Registro Civil, Expediente 4354-2017 Oficio Nº 01418-2017-CG/DOCI de la Contraloría General de la Republica, Memorando Nº 157-2018/GM-MDSB de fecha 05 de marzo del 2018, informe Nº 001-2018JR/MDSB de fecha 12 de marzo del 2018 emitido por la Jefatura de Racionalización, Informe Nº 70-2018-MDSBGALRC de fecha 19 de marzo del 2018 de la Gerencia de Asesoría Legal y Registro Civil, e informe Nº 020-2018JR/MDSB emitido por la Jefatura de Racionalización e e informe 040-2018/GM-MDSB de fecha 01 de junio del 2018 emitido por la Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de San Bartolo; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado Peruano, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con relación a la autonomía política, el numeral constitucional antes señalado ha otorgado expresamente al Concejo la función normativa en los asuntos de su competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueban el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, tal y como se recoge del numeral 3); 8) y 32) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, se necesita aprobar las modificaciones y la implementación de la OCI y OPMI, en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP), por disposición del Concejo Municipal se encarga de la aprobación de los diferentes documentos de Gestión Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, siendo estas sus modificatorias:

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