Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2018 (26/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Domingo 26 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo Segundo.- Dejar constancia que la vigencia del presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto de la Ordenanza Nº 461-MDSMP, en el Diario Oficial El Peruano; el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con opinión favorable y ratificados, deberán ser publicados en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente, según corresponda. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad adecuarse a los cambios normativos y modificatorios. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el TUO de la Ley Nº 27444, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Finalmente, es preciso señalar que el análisis técnico realizado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, teniendo dicha información el carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza Nº 2085, norma que regula el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1684279-1

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ordenanza Municipal para la implementación de la Intervención Saberes Productivos en el distrito de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 398-2018-MDC Carabayllo, 28 de mayo de 2018 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, la Carta Nº 015-CAJFyCI-2018/MDC de fecha 23 de mayo de 2018 que adjunta el Dictamen Nº 008-2018- CAJFYCI / MDC de fecha 23 de mayo de 2018, emitido por los integrantes de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional, mediante la cual DICTAMINA Opinar favorablemente por la Ordenanza Municipal para la implementación de la Intervención Saberes Productivos en el Distrito de Carabayllo; la misma que consta de cinco (05) artículos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado modificado por la ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional de la Constitución Política del Perú - Artículo 194º primer párrafo y el Artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, que prescribe

que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; y el Artículo VI dispone que los gobiernos locales promueven el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el artículo 7 de la Carta Magna antes invocada, señala que todos tienen derecho a la protección de la salud, del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en el artículo 84º, numeral 2,4, prescribe que dentro de las funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales se encuentra organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, el artículo único del Título Preliminar de la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor en su inciso a), establece que toda acción pública o privada está avocada a promover y proteger la dignidad, la independencia, protagonismo, autonomía y autorrealización de la persona adulta mayor, así como su valorización, papel en la sociedad; de igual forma el inciso c) precisa que el Estado promueve el fortalecimiento de la protección de la persona adulta mayor por parte de la familia y la comunidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 015-2018/MDC de fecha 15 de marzo de 2018, se autoriza al Señor Alcalde a inscribir a la Municipalidad Distrital de Carabayllo en la participación de la Tercera Edición del Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas"; Que, la Intervención Saberes Productivos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 propone un trabajo conjunto y de articulación con los gobiernos locales para la etapa de implementación, fortaleciendo así las capacidades de las autoridades y brindando la asistencia técnica permanente a cargo de especialistas de Pensión 65. Que, mediante Informe Nº 328-2018-GMDH/MDC, emitido por la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, mediante el cual informan que estando a la opinión técnica favorable de la Subgerencia de la Mujer, Demuna, OMAPED y Adulto Mayor, mediante el informe Nº 4132018-GMDH/MDC sobre la aprobación de la ordenanza municipal de implementación de la intervención de Saberes Productivos en el Distrito de Carabayllo. La Gerencia considera importante nuestra participación, en el marco de la Intervención de Saberes Productivos, que contribuirá a la protección, revaloración y autonomía de las personas adultas mayores. Que, mediante Informe Nº 170-2018-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite OPINA sobre el proyecto de ordenanza, que existe sustento legal para su aprobación mediante Acuerdo de Concejo, debiéndose remitir los actuados a la respectiva comisión para que emita su Dictamen correspondiente y se proceda a su evaluación y posterior aprobación por el pleno. Que, mediante Carta Nº 168-2018-SG/MDC el Secretario General remite los actuados que guardan relación al proyecto de Ordenanza que Aprueba la Implementación de la Intervención de Saberes Productivos, quienes después de una evaluación emitieron el dictamen del visto. Que, estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo Extraordinaria; acuerdan aprobar la ordenanza municipal siguiente:

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