Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2018 (29/08/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 31
El Peruano / Miércoles 29 de agosto de 2018
NORMAS LEGALES
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Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, entre otros, creando la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera; Que, el inciso j) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, señala que es función del Ministro de Energía y Minas nombrar y/o remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio y organismos públicos adscritos del Sector; Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, del Ministerio de Energía y Minas; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar al señor Jaime Gálvez Delgado, para que ocupe dicho cargo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jaime Gálvez Delgado en el cargo de Director General de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1686099-1
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0351-2018-JUS Lima, 27 de agosto de 2018 VISTOS, el Informe Nº 210-2018-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe Nº 888-2018-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) el cual debe ser concordante, entre otros, con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del mencionado Texto Único Ordenado, establece que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico Institucional de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a la escala de prioridades; Que, asimismo, el numeral 71.3 del artículo 71 del acotado Texto Único Ordenado, refiere que los
Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, mediante Ley Nº 30693, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, por Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo artículo 7, numeral 7.2, literal d, establece que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales POI; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN-PCD, se modificó la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0332017/CEPLAN/PCD, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, la mencionada Guía para el Planeamiento Institucional, en el numeral 6.4 referido a las etapas para la elaboración del Plan Operativo Institucional POI, establece que luego de la aprobación del PIA, la entidad modifica su POI de ser necesario, de modo que los recursos financieros estimados en el POI coincidan con el PIA; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0003-2018JUS, de fecha 10 de enero de 2018, se aprueba la modificación del Plan Operativo Institucional POI 2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, a efecto de cumplir con los objetivos trazados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se hace necesario modificar el POI para el Año 2018, de acuerdo a la asignación presupuestal de la entidad; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modificación del Plan Operativo Institucional 2018, POI 2018 del Ministerio de Justicia y