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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (29/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de agosto de 2018 El Peruano / horas; y, el acuerdo de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Ayacucho, en el que se dispuso que el mismo se encargue de la administración del archivo documentario del fallecido notario; Que, mediante el Informe Nº 115-2018-JUS/CN/ST, la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado señala que el Colegio de Notarios de Ayacucho, ha remitido los documentos necesarios para iniciar el trámite de cancelación del título del citado notario. Dichos documentos fueron complementados con el O fi cio Nº 1067-2018-JUS/CN/P; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1232, el notario cesa por causal de muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Cancelar por causal de muerte el título de Notario del Distrito de Ayacucho, Provincia de Huamanga, Distrito Notarial de Ayacucho, otorgado al señor ENRIQUE MAVILA ROSAS. Artículo 2 .- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Ayacucho, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1685373-4 PRODUCE Otorgan subvenciones a favor de diversas personas naturales y jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 378-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 28 de agosto de 2018VISTOS, el Informe N° 082-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nº 120, 121 y 122-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad–FIDECOM, cuya fi nalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto de Urgencia N° 030-2008. Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000.00, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Innovación para la Competitividad”; suscribiéndose el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE.Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE. Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en su Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 120, 121 y 122-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos de los Contratos de Préstamos Nos. 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad” y 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional” y del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, , indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en el convenio suscrito para la ejecución de los proyectos. Que, el Jefe de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 082-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG, solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 10/100 SOLES (S/ 953 771.10), correspondiendo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios – RO, el monto de S/ 94 490.00; a la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito–ROOC, el monto de S/ 352 497.27; y, a la fuente de fi nanciamiento 5. Recursos Determinados–RD, el monto de S/ 506 783.83, todos con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos en el marco: a) Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad”: i) 02 Proyectos de Innovación Tecnológicas de Empresas Individuales – PITEI; y, ii) 01 Proyecto de Reto Perú Resiliente EI – RPREI; b) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los niveles de Innovación Productiva a nivel Nacional”: i) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 2–Validación de la Innovación – PIEC 2; ii) 01 Proyecto Misiones Tecnológicas–MT; y, iii) 01 Proyecto de Pasantías Tecnológicas – PT; y, c) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: i) 01 Proyecto de Innovación productiva de Empresas Asociadas – PIPEA; ii) 02 Proyecto de Innovación para Microempresas – PIMEN; iii) 33 Proyecto Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; y, iv) 01 Proyecto Concurso de Mejora de la Calidad Renovaciones y Actualizaciones – CMCRA. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 063-2018-PRODUCE y 282-2018-PRODUCE.