Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2018 (29/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 29 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", referido a la caducidad de la autorización. Artículo 3°.- La empresa "SANTA AGUSTINA AUTOMOTORES S.A.", bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha máxima de presentación 29 de marzo de 2019 29 de marzo de 2020 29 de marzo de 2021 29 de marzo de 2022 29 de marzo de 2023

El Convenio CT N° 001-2018-DV, denominado "Convenio de Cooperación Técnica entre la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ­ UNODC", para la elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivo de Coca y su Primera Adenda para la adquisición de imágenes satelitales; CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 40° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó, por excepción, a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA a celebrar, durante el 2016, un Convenio de Cooperación Técnica con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ­ UNODC, para la elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivos de Coca; Que, mediante la Septuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia de la autorización establecida en el artículo 40° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 157-2017-DV-PE, de fecha 27 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2018, del Pliego 012 Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA; Que, el párrafo final del artículo 40° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prorrogado por la Septuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA a transferir financieramente en favor de UNODC, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución del Convenio de Cooperación Técnica, debiendo formalizarse mediante resolución del titular del Pliego de la entidad y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, al amparo de las autorizaciones establecidas en las leyes citadas en los párrafos precedentes, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito ­ UNODC, suscribieron el 06 de marzo de 2018, el Convenio de Cooperación Técnica para la elaboración de los Informes Anuales de Monitoreo de Cultivo de Coca, para lo cual DEVIDA transfirió financieramente a la UNODC la suma de S/ 1 500 000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 soles); Que, con fecha 10 de agosto de 2018, se suscribió la Primera Adenda al Convenio de Cooperación Técnica, con la finalidad de adquirir imágenes satelitales en el marco de los referidos Informes Anuales de Monitoreo, comprometiéndose DEVIDA a transferir financieramente a UNODC, la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 soles); Que, mediante Informe Nº 000018-2018-DV-OPP-UTPO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, emite el Informe Favorable de Disponibilidad de Recursos para el Financiamiento del Convenio de Cooperación Técnica suscrito entre DEVIDA y la UNODC, garantizando la existencia de crédito presupuestal disponible y libre de afectación para asumir obligaciones con cargo al presupuesto del año fiscal 2018; contándose además con la correspondiente Certificación Presupuestal Nº 00825 conforme a lo dispuesto en el artículo artículo 40° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prorrogado mediante la Septuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Dirección de Compromiso Global, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 aprobada por Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", referido a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5°.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6°.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio fiscal ubicado en la Av. Nicolas Arriola N° 2324-A, 2324-B y 2326, Urbanización San Luis, distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima. Artículo 7°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano". El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1680560-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera en el marco de la Primera Adenda al Convenio de Cooperación Técnica entre DEVIDA y la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito ­ UNODC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 083-2018-DV-PE Lima, 28 de agosto de 2018

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