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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 / El Peruano Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; Que, conforme lo dispone el artículo 3 del precitado Reglamento, el Concurso Público para la selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se inicia con la emisión de la Resolución Ministerial que conforma la Comisión de Selección que estará a cargo del citado Concurso, a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección; Que, de acuerdo con el artículo 4 de la norma invocada, la Comisión de Selección estará conformada por cuatro (4) integrantes, tres (3) de los cuales serán miembros permanentes, siendo el cuarto integrante propuesto por el Ministerio del Sector en el que opera el Organismo Regulador y que participa de las etapas del procedimiento para fi nes de la selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo del organismo regulador respectivo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 174-2018- PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 195- 2018-PCM, se conformó la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores; Que, se ha estimado por conveniente modi fi car la conformación de la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Púbico a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, respecto al Miembro no Permanente, representante del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 103-2012-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 174-2018-PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 195-2018-PCM, que conforma la Comisión de Selección encargada de la conducción del Concurso Público a través de sus etapas de convocatoria, evaluación y selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, conforme a lo siguiente: “Miembros No Permanentes (...) - Señor Percy Manuel Velarde Zapater, quien conformará la Comisión de Selección de los postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN.” Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos contenidos en la Resolución Ministerial Nº 174-2018-PCM, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 195-2018-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1686719-1 Autorizan viaje de miembro del equipo de comunicaciones de la PCM a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 218-2018-PCM Lima, 29 de agosto de 2018CONSIDERANDO: Que, el día 3 de setiembre de 2018 se realizará el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú – Bolivia en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia; evento que representa la máxima instancia de diálogo político bilateral entre ambos países, que tiene por objetivo fortalecer los lazos de cooperación y avanzar en la identi fi cación de iniciativas en bene fi cio de las poblaciones de ambos países, en especial, de las que se encuentran en zonas de frontera; Que, el señor César Villanueva Arévalo, Presidente del Consejo de Ministros, asistirá al Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú – Bolivia; Que, en ese contexto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor Christian Elías Cabellos Salvatierra, miembro del equipo de comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien cubrirá las incidencias periodísticas de la participación del señor Presidente del Consejo de Ministros en el referido evento; Que, los gastos por concepto de viáticos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece en el numeral 10.1 de su artículo 10 que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, y modificatoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Christian Elías Cabellos Salvatierra, miembro del equipo de comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, a la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 3 de setiembre de 2018; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos serán con cargo al Presupuesto Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 370.00 x 1) : US$ 370.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a la exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1686707-1