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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Ministro SDR David Francisco MALAGA Ego Aguirre, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, identi fi cado con DNI N° 06470823 y del Capitán de Navío Jorge DEVINCENSI León Russell, identi fi cado con DNI N° 43330967, quienes participarán en las reuniones de trabajo preparatorias a nivel técnico que se realizarán los días 01 y 02 de setiembre de 2018, e integrarán la Delegación del Perú durante el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional de Ministros de Bolivia y el Perú, que se llevará a cabo en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, el 03 de setiembre de 2018, autorizando su salida del país el 01 de setiembre de 2018 y el retorno el 03 de setiembre de 2018. Artículo 2.- Encargar temporalmente al señor General de Brigada EP (R) Eduardo Aníbal DEL AGUILA Horna, las funciones de Director de Programa Sectorial Il de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos:US$ 370.00 x 2 personas x 3 días US$ 2,220.00Artículo 4.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1686671-1 Autorizan viaje de Cadete de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1102-2018 DE/MGP Lima, 28 de agosto de 2018Vista, la Carta G.500-4159 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 3 de agosto de 2018; CONSIDERANDO:Que, con Oficio N.1000-0168 de fecha 30 de julio de 2018, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada en la República Italiana ha informado al Director General de Educación de la Marina, que ha recepcionado el Correo Electrónico del Director del Curso de Alumnos y Oficiales de la Academia Naval de Livorno, de fecha 27 de julio de 2018, mediante el cual hace de conocimiento que el Cadete de Primer Año Juan Jesús DELGADO Cabrejos, ha sido admitido para realizar estudios en dicha Academia Naval durante el período académico 2018-2022, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a realizarse del 3 de setiembre de 2018 al 25 de setiembre de 2022; asimismo, indica que el referido Cadete deberá presentarse el 2 de setiembre de 2018, con la finalidad de rendir exámenes médicos y realizar trámites administrativos logísticos; Que, el citado viaje ha sido incluido en el proyecto reestructurado del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa AF-2018, del rubro 3: Formación / Califi cación / Especialización, Ítem 12, Anexo 1 (RO), remitido con Carta G.500-0476 del Comandante General de la Marina, de fecha 14 de mayo de 2018; Que, con O fi cio N.1000-1061 de fecha 2 de agosto de 2018, el Director General de Educación de la Marina propone al Cadete de Primer Año Juan Jesús DELGADO Cabrejos, para que participe en el mencionado curso; lo que permitirá brindar al futuro O fi cial los conocimientos en aspectos tecnológicos y cientí fi cos; así como, complementar su formación en la Escuela Naval del Perú, contribuyendo a elevar el nivel profesional de la Institución; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 2 de setiembre al 31 de diciembre de 2018, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero de 2019 al 25 de setiembre de 2022, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, de acuerdo con el documento Nº 139-2018 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado, correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modi fi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos