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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 (30/08/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 30 de agosto de 2018 El Peruano / en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución de Secretaria General Nº 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva Nº 006-2017-MINEDU/SG, “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoras ODETTE GERMAINE HERBOZO NORY y RUTH FABIOLA PANDURO BARRETO, Jefa y Especialista de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación, respectivamente, a la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, del 01 al 03 de setiembre de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar las funciones de Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación a la señora SILVIA ROSA MARTINEZ JIMENEZ, en adición a sus funciones de Coordinadora de Ayuda O fi cial al Desarrollo de la referida O fi cina General, a partir del 01 de setiembre de 2018 y en tanto dure la ausencia de la titular del referido cargo. Artículo 3.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación - Unidad Ejecutora 024, de acuerdo al siguiente detalle: ODETTE GERMAINE HERBOZO NORY Viáticos : US$ 1 110,00(03 días de evento – US $ 370,00 x día) RUTH FABIOLA PANDURO BARRETO Viáticos : US$ 1 110,00(03 días de evento – US $ 370,00 x día) Artículo 4.- Disponer que la funcionaria y servidora citadas en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presenten un informe detallado sobre el desarrollo y resultados de los eventos, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1686695-1 Modifican las Bases del Concurso Nacional Superatec 2018, en sus ediciónes de “Buenas Prácticas en Educación Técnico-Productiva, Superior Tecnológica y Artística” y “Proyectos de Investigación Aplicada, Emprendimiento e Innovación” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 144-2018-MINEDU Lima, 29 de agosto de 2018VISTOS, el Expediente Nº 0160315-2018, el Informe Nº 190-2018-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, el Informe Nº 879-2018-MINEDU/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal h) del artículo 8 de la Ley Nº 28044, establece que la educación peruana se sustenta en el principio de la creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura; estableciéndose, en el literal g) del artículo 13, que uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la investigación e innovación educativas; Que, el artículo 65 de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, establece que los docentes de los Institutos de Educación Superior y de las Escuelas de Educación Superior públicos son agentes del proceso formativo con dominio actualizado en su especialidad, que forman personas en el campo de las ciencias, la tecnología y la docencia; asimismo, el artículo 21 de la Ley Nº 30512, establece que las Escuelas de Educación Superior desarrollan investigación aplicada e innovación, a través del trabajo coordinado de los docentes y estudiantes y de alianzas y sinergias con los sectores productivos, instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales; habiéndose precisado que los Institutos de Educación Superior también pueden desarrollar estas actividades; Que, en el marco de las disposiciones antes señaladas, mediante Resolución Viceministerial Nº 064-2018-MINEDU se aprueban las Bases del Concurso Nacional Superatec 2018, en sus ediciones de “Buenas Prácticas en Educación Técnico-Productiva, Superior Tecnológica y Artística” y de “Proyectos de Investigación Aplicada, Emprendimiento e Innovación”; estableciéndose, entre otros aspectos, los objetivos, las categorías, las etapas, el alcance, los criterios de calificación y los cronogramas de dichas ediciones; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 114-2018-MINEDU, se modi fi ca el numeral 4 de las Bases del Concurso Nacional Superatec 2018, en su edición de “Proyectos de Investigación Aplicada, Emprendimiento e Innovación”, a fi n de ampliar el alcance del referido Concurso Nacional a los estudiantes del ciclo básico de los Centros de Educación Técnico – Productiva; Que, la Dirección General de Educación Técnico- Productiva y Superior Tecnológica y Artística remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 190-2018-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, a través del cual se sustenta la necesidad de modi fi car el numeral 6 de las Bases del Concurso Nacional Superatec 2018, en su edición de “Buenas Prácticas en Educación Técnico-Productiva, Superior Tecnológica y Artística” y el numeral 8 de las Bases del Concurso Nacional Superatec 2018, en su edición de “Proyectos de Investigación Aplicada, Emprendimiento e Innovación”, en los que se establecen los cronogramas de las ediciones de dicho Concurso Nacional; todo ello con la fi nalidad de lograr mayor número de participantes e interesados, promover la difusión del citado Concurso Nacional en medios de comunicación y redes sociales, y lograr mayor impacto y posicionamiento de la educación técnico –productiva, superior tecnológica y artística en el ámbito nacional; Con el visado de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley Nº 26510; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;