Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2018 (01/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 1 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
ANEXO

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VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: TRAMO N° 4 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (INAMBARI - AZÁNGARO) No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE ÁREA AFECTADA: 121.00 m2 VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

CODIGO: T4-PTE.ARICA-003 Linderos y medidas perimétricas del área afectada: · Por el Norte: Con la UC 000107, en línea recta de 1 tramo: A-B con 2.93 ml. · Por el Este: Con el área remanente, en línea recta de 1 tramo: B-C con 87.07 ml. · Por el Oeste: Con la carretera InambariAzángaro, en línea recta de 1 tramo: C-A MARCELINO con 88.01 ml. MINISTERIO DE PACCO HUAMAN y PARTIDA REGISTRAL N° 11044635 de la TRANSPORTES Y Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral EVA COMUNICACIONES / PROVIAS NACIONAL MONTESINOS XIII - Sede Tacna. CAMA CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 10.04.2018 (Informe N° 1636-2018-Z.R.N°XIII/UREGORJ-U) por la Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral XIII - Sede Tacna. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 22.10.2018 por la Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral XIII - Sede Tacna.

AFECTACIÓN: Parcial del inmueble

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Vértice A B C Lado A-B B-C C-A Distancia (m) 2.93 87.07 88.01 WGS 84 Este (X) Norte (Y) 347473.5644 8512264.0007 347476.2101 8512262.7509 347465.0518 8512176.4014

1

3,463.05

1718922-1

Designan al órgano encargado de realizar las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Autoridad Portuaria Nacional y su responsable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 955-2018-MTC/01 Lima, 29 de noviembre de 2018 VISTOS: El Oficio N° 144-2018-APN/PD-OGA de la Presidencia del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional; el Memorándum N° 1324-2018-MTC/09 y el Memorándum N° 1763-2018-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 451-2018-MTC/13 y el Memorándum N° 524-2018MTC/13 de la Dirección General de Transporte Acuático; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe) como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades

Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, asimismo, el numeral 5.7 del artículo 5 de la Ley establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones son los órganos responsables de la ejecución de las inversiones y se sujetan al diseño de las inversiones aprobado en el Banco de Inversiones; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificado por los Decretos Supremos N°s 104-2017EF y 148-2017-EF, en adelante el Reglamento, señala que para los fines del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, las entidades y empresas públicas del Gobierno Nacional se agrupan en Sectores, siendo uno de ellos, el Sector Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 6 del Reglamento establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el titular o máxima autoridad ejecutiva del Sector. Asimismo, el literal f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la "Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto", aprobada por la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, en adelante la Directiva, establece que es función del Órgano Resolutivo designar al órgano que realiza las funciones de UEI, así como a su responsable; Que, el numeral 6.5 del artículo 6 de la Directiva dispone que la Unidad Ejecutora de Inversiones es la Unidad Ejecutora presupuestal, pudiendo ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan

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