Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2018 (01/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 1 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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inmuebles afectados por la ejecución de la referida obra; Que, por Memorándums Nos. 2366, 2584 y 36632017-MTC/25, la Dirección General de Concesiones en Transportes, remite a la Oficina General de Administración, entre otros, veintiún (21) Informes Técnicos de Valuación correspondientes a las áreas y mejoras de los inmuebles con Códigos AMPAICC-02 y AMPAICC-03 afectados por la ejecución de la obra: Vías y Áreas de Acceso para el Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco y por las áreas necesarias para la ampliación del citado aeropuerto, (en adelante, la Obra); Que, con Memorándum N° 1579-2018-MTC/10.05, la Oficina de Patrimonio de la Oficina General de Administración, remite el Informe N° 099-2018-MTC/10.05TMP-JBCH, que cuenta con la conformidad de la referida Oficina, a través del cual se señala, con relación a las áreas de los inmuebles detallados en el considerando precedente, que: i) ha identificado al Sujeto Pasivo, las áreas de los inmuebles afectados por la Obra y sus mejoras, ii) el Sujeto Pasivo tiene su derecho de propiedad inscrito en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, iii) ha determinado el valor total de las Tasaciones y iv) el Sujeto Pasivo ha aceptado las ofertas de adquisición, por lo que considera técnica y legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe el valor total de las Tasaciones y el pago correspondiente; asimismo, adjunta los Certificados de Búsqueda Catastral y los Certificados Registrales Inmobiliarios, expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal para la adquisición de los predios afectados y sus mejoras, contenida en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000006360 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el Informe N° 4537-2018-MTC/20.4 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de PROVIAS NACIONAL; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el valor total de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a la adquisición por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de las áreas y mejoras de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Vías y Áreas de Acceso para el Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco y por las áreas necesarias para la ampliación del citado Aeropuerto, así como el pago correspondiente, ascendentes a S/ 9 607,629.82 y S/ 34 014,131.25, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración y PROVIAS NACIONAL en el marco de lo señalado en el Convenio de Colaboración Institucional N° 032-2017-MTC/20, dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción del instrumento de transferencia a favor del Beneficiario y realice el pago del valor total de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizado el pago aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, el Sujeto Pasivo desocupe y entregue las áreas de los inmuebles afectados, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, de encontrarse las áreas de los inmuebles libres o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del

Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de las Tasaciones, se remita al Registro de Predios de la SUNARP, el Formulario Registral correspondiente y copia certificada de los documentos que acrediten el pago del monto del valor total de las Tasaciones, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribirá la adquisición a nombre del Beneficiario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre las áreas de los bienes inmuebles, los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de las Tasaciones pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones
Anexo Valor total de las Tasaciones correspondientes a las áreas y mejoras de dos (2) inmuebles afectados por la ejecución de la obra: Vías y áreas de acceso para el Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco y por las áreas necesarias para la ampliación del citado aeropuerto.
VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/) 7,418,142.86 147,055.88 7,085.20 20,221.57 117,600.40 43,984.27 61,677.61 64.00 140.00 33,459.12 88,035.35 1,340.42 54,901.41 INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/) 1,483,628.57 29,411.18 1,417.04 4,044.31 23,520.08 8,796.85 12,335.52 12.80 28.00 6,691.82 17,607.07 268.08 10,980.28



CÓDIGO

VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/) 0.00 2,000.00 618.63 1,000.00 2,752.50 1,042.00 1,745.00 0.00 0.00 1,622.50 2,067.00 500.00 1,832.50

VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 8,901,771.43 178,467.06 9,120.87 25,265.88 143,872.98 53,823.12 75,758.13 76.80 168.00 41,773.44 107,709.42 2,108.50 67,714.19 9,607,629.82

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

AMPAICC-02 R-00484 R-00469 R-00447 R-00446 R-00445 R-00440 R-00396 R-00370 R-00266 R-00262 R-00260 R-00257

VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/) 28,297,197.76 9,607.71 1,338.02 2,661.50 408.00 120.00 752.00 31,212.32 INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE (S/) 5,659,439.55 1,921.54 267.60 532.30 81.60 24.00 150.40 6,242.46



CÓDIGO

VALOR DEL PERJUICIO ECONÓMICO (S/) 0.00 975.50 212.99 0.00 0.00 0.00 0.00 986.00

VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 33,956,637.31 12,504.75 1,818.61 3,193.80 489.60 144.00 902.40 38,440.78 34,014,131.25

1 2 3 4 5 6 7 8

AMPAICC-03 R-00416 R-00386 R-00385 R-00372 R-00364 R-00358 R-00342

VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN

1718925-3

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