Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2018 (17/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Lunes 17 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, el numeral 51.1 del artículo 51º del TUO de la Ley Nº 27444, sobre los derechos de tramitación señala que, procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio específico e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento; asimismo, se precisa en el numeral 51.2 que, son condiciones para la procedencia de este cobro que los derechos de tramitación hayan sido aprobados conforme al marco legal vigente y que estén consignados en su vigente Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º establece que, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Ordenanza Nº 2085 - Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, establece que la ratificación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales; Que, los procedimientos, requisitos, plazos y tasas del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA que se aprueban en la presente Ordenanza, se han adecuado a lo establecido en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación. Asimismo, se ha adecuado a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, todo ello, con el fin de dar celeridad y agilidad a los procedimientos administrativos y de esta manera brindar mejores servicios a los ciudadanos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 208-2018-GPP/MDSJM, de fecha 03 de setiembre del 2018, remite el proyecto
Nº DENOMINACIÓN

de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, compuesta por: proyecto de Ordenanza, Anexo TUPA, Informe Técnico, documentos de sustento y Estructura de Costos, para su revisión y emisión del Informe Legal, a fin de continuar con el proceso de aprobación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 215-2018-MDSJM/GAJ, de fecha 03 de setiembre del 2018, señala que, el proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores se encuentra acorde con la normativa vigente sobre la materia, ante ello opina por la procedencia de elevar al pleno del Concejo para su aprobación; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprueba por unanimidad, la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Aprobación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad Apruébese los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA Apruébese los derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, conforme a la relación que se detalla a continuación:
DERECHO DE TRAMITE

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS, CATASTRO Y GESTIÓN DEL TERRITORIO: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1 LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. CONSTRUCCIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE HASTA 120 M2 CONSTRUIDOS, SIEMPRE QUE CONSTITUYA LA ÚNICA EDIFICACIÓN EN EL LOTE LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. AMPLIACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, CUYA EDIFICACIÓN ORIGINAL CUENTE CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, DECLARATORIA DE FÁBRICA O DE EDIFICACIÓN SIN CARGA, Y LA SUMATORIA DEL ÁREA TECHADA DE AMBAS NO SUPERE LOS 200 M2 LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. REMODELACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, SIEMPRE QUE NO IMPLIQUE MODIFICACIÓN ESTRUCTURAL, CAMBIO DE USO Y/O INCREMENTO DE ÁREA TECHADA LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. CONSTRUCCIÓN DE CERCOS DE MAS DE 20 M. DE LONGITUD, SIEMPRE QUE EL INMUEBLE NO SE ENCUENTRE BAJO EL RÉGIMEN EN QUE COEXISTAN SECCIONES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMÚN LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. DEMOLICIÓN TOTAL DE EDIFICACIONES MENORES DE TRES (03) PISOS DE ALTURA, QUE NO CUENTEN CON SEMISÓTANOS Y SÓTANOS, SIEMPRE QUE NO HAGA USO DE EXPLOSIVOS LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. OBRAS MENORES DE AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES. OBRAS DE CARÁCTER MILITAR DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS DE CARÁCTER POLICIAL DE LA PNP, ASI COMO LOS ESTABLECIMIENTOS DE RECLUSIÓN PENAL, LOS QUE DEBEN EJECUTARSE CON SUJECIÓN A LOS PLANES DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO S/ 31.00

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S/ 31.00

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S/ 31.00

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S/ 21.30 S/ 21.30

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S/ 21.30

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