Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2018 (17/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Lunes 17 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, listados en el Anexo A del Informe en mención, financiará el 99.77% de los costos considerados en su costeo. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 200-2018-MML-CMAEO, el Concejo Metropolitano de Lima; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar 137 (ciento treinta y siete) derechos de trámite relacionados a 137 (ciento treinta y siete) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe Nº 266-181-00000783, aprobados en la Ordenanza Nº 393/MSJM por la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido teniendo en cuenta el marco legal vigente: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; Texto Único Ordenado ­ TUO de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; así como también el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos

administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso, según lo informado por el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT en el Informe Nº 266-181-00000783. Cabe indicar que en dicho listado no se encuentran incluidos cinco (05) derechos de trámite correspondientes cinco (05) procedimientos administrativos siendo los siguientes: Procedimiento 89. "Licencia de Regularización de Edificaciones (Las Edificaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después del 20 de julio de 1999 hasta la publicación de la Ley Nº 29090, el 25 de setiembre de 2007)", Procedimiento 95. "Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B: Aprobación de proyecto con evaluación por la municipalidad. Habilitaciones urbanas de predios que cuenten con un planeamiento integral aprobado con anterioridad", Procedimiento 97. "Licencia de Habilitación Urbana Modalidad B: Aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos. Habilitaciones urbanas de predios que cuenten con un planeamiento integral aprobado con anterioridad", Procedimiento 125. "Licencia de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas (Las Habilitaciones que hayan sido ejecutadas sin licencia o que no tengan conformidad de obra después del 20 de julio de 1999 hasta la publicación de la Ley Nº 29090, el 25 de setiembre de 2007)" y Procedimiento 132. "Licencia de habilitación urbana con aprobación de planeamiento integral Modalidad C: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica el área por habilitar se desarrolla por etapas"; ello debido que dichos trámites no se encuentran regulados en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones modificada por el Decreto Legislativo Nº 1426, razón por la cual la Municipalidad no cuenta con competencia para establecerlos por lo que no corresponde su inclusión en el TUPA, así como no corresponde establecer la exigencia de un derecho de trámite.

ANEXO A - INFORME Nº 266-181-00000783 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES ORDENANZA Nº 393/MSJM
Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD UIT = S/ 4,150 Nº DERECHO (I) COSTO ( C ) % COBERTURA DERECHO TRÁMITE S/ S/ (I / C)

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS, CATASTRO Y GESTIÓN DEL TERRITORIO: Procedimientos Administrativos 1 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote. 2 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales ampliación de una vivienda unifamiliar, cuya edificación original cuente con licencia de construcción, declaratoria de fábrica o de edificación sin carga, y la sumatoria del área techada de ambas no supere los 200 m2. 3 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales remodelación de una vivienda unifamiliar, siempre que no implique modificación estructural, cambio de uso y/o incremento de área techada. 4 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales construcción de cercos de más de 20 m. de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen en que coexistan secciones de propiedad exclusiva y propiedad común. 5 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales demolición total de edificaciones menores de tres (03) pisos de altura, que no cuenten con semisótanos y sótanos, siempre que no haga uso de explosivos. 6 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales obras menores de ampliación y remodelación según lo establecido en el reglamento nacional de edificaciones. 7 Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales obras de carácter militar de las fuerzas armadas y las de carácter policial de la PNP, asi 21.30 21.39 99.59% 7 21.30 21.39 99.59% 6 21.30 21.39 99.59% 5 21.30 21.39 99.59% 4 31.00 31.05 99.84% 3 31.00 31.05 99.84% 2 31.00 31.05 99.84% 1

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