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7 NORMAS LEGALES Viernes 21 de diciembre de 2018 El Peruano / Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Apurímac, Ayacucho, Cusco, Junín y Huancavelica, así como los Gobiernos Locales involucrados según corresponda, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego y del Ministerio de Salud y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Salud y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud ANEXO RELACIÓN DE PROVINCIAS A SER DECLARADAS EN ESTADO DE EMERGENCIA DEPARTAMENTOS N° PROVINCIAS Apurímac1 Andahuaylas 2 Antabamba3 Abancay 4 Aymaraes 5 Cotabambas6 Chincheros7 Grau Ayacucho8 Huamanga 9 La Mar 10 Cangallo 11 Vilcas Huamán 12 Víctor Fajardo13 Huanca Sancos14 Sucre15 Lucanas Cusco16 Anta 17 Canas18 Canchis19 Chumbivilcas20 Espinar21 Paruro 22 Quispicanchi Junín23 Concepción 24 Jauja25 Chupaca26 Yauli27 Junín28 Huancayo29 Tarma Huancavelica30 Angaraes 31 Acobamba32 Tayacaja33 Castrovirreyna 5 DEPARTAMENTOS 33 PROVINCIAS 1725607-2 AMBIENTE Aprueban Mapa Nacional de Ecosistemas, la memoria descriptiva y las definiciones conceptuales de los Ecosistemas del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 440-2018-MINAM Lima, 20 de diciembre de 2018VISTOS, el Memorando N° 757-2018-MINAM/ VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00276-2018-MINAM/VMDERN/DGDB de la Dirección General de Diversidad Biológica, el Informe N° 364-2018-MINAM/VMDERN/DGDB/DCSEE, de la Dirección de Conservación Sostenible de Ecosistemas y Especies de la Dirección General de Diversidad Biológica; y, el Informe N° 00745-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal c) del artículo 3 de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, los ecosistemas que dan soporte a la vida, constituyen uno de los componentes de la diversidad biológica; Que, el artículo 3 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en dicha norma; Que, uno de los objetivos de la plani fi cación y el ordenamiento territorial descritos en el artículo 20 de