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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (27/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 76

4 NORMAS LEGALES Jueves 27 de diciembre de 2018 / El Peruano MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y veintidós (22) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios correspondiente al año 2017, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalariaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 216 172,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 4 216 172,00 ============ A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INENACCIONES CENTRALESACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 6 871,00SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 209 301,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 4 216 172,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo “Asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios correspondiente al año 2017”, que forma parte de este Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, antes de la culminación del presente año fi scal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1727006-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 318-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 007: Ministerio del Interior y 026: Ministerio de Defensa; Que, el párrafo 1 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza, de manera excepcional, al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, en el mes de diciembre del Año Fiscal 2018, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo, entre otros, a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; disponiéndose que dicha modi fi cación presupuestaria no se encuentra comprendida dentro del límite del monto a que se re fi ere el párrafo 36.5 del artículo 36 del Decreto Legislativo 1440; Que, asimismo, el párrafo 1 de la citada Disposición Complementaria Final dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, utilizando, de ser necesario, el procedimiento establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo 1440; señalándose además que dichos recursos se incorporan en los presupuestos de los mencionados pliegos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, debiéndose transferir fi nancieramente el monto total de los recursos,