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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 246

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Designan responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 212-2018 INBP San Isidro, 20 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 281-2018-INBP/GG, de fecha 17 de diciembre de 2018, de la Gerencia General y el Informe Legal Nº 258-2018-INBP/OAJ, de fecha 19 de diciembre de 2018, de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1260 fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, el artículo 22° del Decreto Legislativo Nº 1260 establece que el organismo público ejecutor Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú regulado por la Ley Nº 27067, modi fi ca su denominación por “Intendencia Nacional de Bomberos del Perú”, la misma que adecúa su estructura orgánica y funciones conforme a la citada norma; asimismo, la sétima disposición complementaria transitoria establece que toda disposición que haga mención al Organismo Público Ejecutor “Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú”, se considera referido a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución Suprema Nº 121-2018-IN del 23 de noviembre del 2018, se encargó al Mag. Charles Edward Hallenbeck Fuentes las funciones de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, menciona que las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, modi fi cado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1353, tiene por fi nalidad promover la transparencia y acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; estableciendo que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modi fi cado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS, la designación del o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad en la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”;Que, mediante Resolución Jefatural Nº 136-2014-CGBVP del 13 de mayo del 2014, se designó al Director de la Unidad de Planeamiento del CGBVP, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú; Que, de acuerdo a la normativa vigente, es necesario designar al nuevo responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, quién conforme a sus obligaciones detalladas en los artículos 8 y 9 del citado Reglamento, determinará las condiciones de presentación de la información en el portal de transparencia de la INBP; Que, conforme lo establece el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la INBP, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejercer las funciones ejecutivas de dirección, en el titular del pliego y ejercer la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de Intendencia en el ámbito de su competencia; Que, en uso de sus facultades de las que está investido el Representante Legal de la Intendencia de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN; y, con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DESIGNAR al Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración, como responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, cuyas funciones u obligaciones se enmarcaran en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, modi fi cado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1353, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modi fi cado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS. Artículo 2°.- DEJAR sin efecto la Resolución Jefatural Nº 136-2014-CGBVP del 13 de mayo del 2014. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú (www.inbp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.CHARLES E. HALLENBECK FUENTES Intendente Nacional (e) 1726617-1 Designan responsable de brindar información que demanden los administrados ante la INBP RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 213-2018 INBP San Isidro, 20 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 281-2018-INBP/GG, de fecha 17 de diciembre de 2018, de la Gerencia General y el Informe Legal Nº 259-2018-INBP/OAJ, de fecha 19 de