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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (28/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 246

TEXTO PAGINA: 105

105 NORMAS LEGALES Viernes 28 de diciembre de 2018 El Peruano / por problemas de calidad de agua de las localidades del distrito de Caracoto, provincia de San Román y del distrito de Coata, provincia de Puno, ambos del departamento de Puno, región Puno, a través del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna; Que, mediante Memorándum Nº 1512-2018-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, de fecha 17 de diciembre de 2018, el Director Ejecutivo del PNSU, solicita gestionar la autorización de la transferencia fi nanciera a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A., por el importe de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SOLES Y 00/100 SOLES (S/ 242 000,00), en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, destinado al fi nanciamiento del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna, a favor de la población de los distritos de Coata y Caracoto, de las provincias de Puno y San Román, de la región Puno, respectivamente; en el marco del inciso v), del literal a), del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, precisándose que las transferencias fi nancieras serán atendidas, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, por Memorándum N° 2936-2018-VIVIENDA/ OGPP, de fecha 18 de diciembre de 2018, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 374-2018-VIVIENDA/OGPP-OP, de la O fi cina de Presupuesto, en el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001 Acciones Comunes, Actividad 5.001777. Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5. Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modi fi catorias; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SOLES Y 00/100 SOLES (S/ 242 000,00), en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A., destinado al fi nanciamiento del servicio de abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna, a favor de la población de las localidades del distrito de Caracoto, provincia de San Román y del distrito de Coata, provincia de Puno, de la región Puno. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037. Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001. Acciones Comunes, Actividad 5.001777. Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5. Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El PNSU, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 5.- Información La EPS SEDAJULIACA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes. Artículo 6.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1726999-1 Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que incorpora la Norma Técnica E.031 “ Aislamiento Sísmico” al Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE, su Anexo y su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 430 -2018-VIVIENDA Lima, 27 de diciembre del 2018VISTOS: Los Informes N° 1365 y Nº 1908-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción; los Memorandos N° 819 y Nº 1181-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 007-2018-CPARNE de la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones–CPARNE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–MVCS, establece que el Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; teniendo como competencia exclusiva, entre otras, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el literal d) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, señala que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, tiene como función proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, aprueba el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones–RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edi fi caciones, como instrumento técnico normativo que rige a nivel nacional, el cual contempla