Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2018 (06/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 6 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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manera voluntaria, encaminadas a armonizar y acopio de las demandas, entre otras para el financiamiento solar, tecnologías solares, innovación, investigación y desarrollo y creación de capacidad. 2. En esta tarea, los Miembros cooperan estrechamente y se esfuerzan por establecer relaciones mutuamente beneficiosas con las organizaciones pertinentes, las partes interesadas públicas y privadas y con los países no miembros. 3. Cada Miembro comparte y actualiza, para aquellas aplicaciones solares para las cuales se busca los beneficios de la acción colectiva en virtud de la ISA, y basado en un mapeo analítico común de aplicaciones solares, información relevante sobre: sus necesidades y objetivos; medidas e iniciativas internas y las adoptadas o previstas para alcanzar estos objetivos; obstáculos a lo largo de la cadena de valor y el proceso de difusión. La Secretaría mantiene una base de datos de estas evaluaciones para destacar el potencial de cooperación. 4. Cada Miembro designa un Punto Focal Nacional para la ISA. Los Puntos Focales Nacionales constituyen una red permanente de corresponsales de la ISA en los Países Miembros. Interactúan entre sí y también con las partes interesadas pertinentes para identificar áreas de interés común, diseñar propuestas de Programas y hacer recomendaciones a la Secretaría en relación con la implementación de los objetivos de la ISA. Artículo III Programas y otras actividades 1. Un Programa de la ISA consiste en un conjunto de acciones, proyectos y actividades que deben ser coordinadas por los Miembros, con la asistencia de la Secretaría, en cumplimiento del objetivo y de los principios rectores descritos en los artículos I y II. Los programas están diseñados de manera que se asegure el máximo efecto de escala y la participación del mayor número posible de Miembros. Incluyen metas simples, mensurables y movilizadoras. 2. Las propuestas de programas se diseñan mediante consultas abiertas entre todos los Puntos Focales Nacionales, con la asistencia de la Secretaría y sobre la base de la información compartida por los Miembros. Un programa puede ser propuesto por dos Miembros o un grupo de Miembros o la Secretaría. La Secretaría garantiza la coherencia entre todos los Programas de la ISA. 3. Las propuestas de Programa son distribuidas por la Secretaría a la Asamblea mediante circulación digital, a través de la red de Puntos Focales Nacionales. Una propuesta de Programa se considera abierta a la adhesión de los Miembros que deseen adherirse si cuenta con el apoyo de al menos dos Miembros y si no se plantean objeciones en más de dos países. 4. Una propuesta de Programa es formalmente respaldada por los Miembros que están dispuestos a unirse, mediante una declaración conjunta. Todas las decisiones relativas a la ejecución del Programa son tomadas por los Miembros que participan en el Programa. Se llevan a cabo, con la orientación y la asistencia de la Secretaría, por los Representantes de los países designados por cada Miembro. 5. El plan de trabajo anual proporciona una visión general de los Programas y otras actividades de la ISA. La Secretaría lo presenta a la Asamblea, lo que garantiza que todos los programas y actividades del plan de trabajo anual estén dentro del objetivo general de la ISA. Artículo IV Asamblea 1. Por la presente, las Partes establecen una Asamblea, en la que cada Miembro está representado, para tomar decisiones relacionadas con la aplicación del presente Acuerdo y las medidas coordinadas que deben adoptarse para alcanzar su objetivo. La Asamblea se reúne anualmente a nivel ministerial en la sede de la ISA. La Asamblea también podrá reunirse en circunstancias especiales. 2. Las reuniones de la Asamblea se celebran a fin de hacer un balance de los programas a nivel ministerial y tomar decisiones con respecto a su ulterior ejecución, en cumplimiento del artículo III.4. 3. La Asamblea evalúa el efecto agregado de los Programas y otras actividades en el marco de la ISA, en particular en términos de despliegue de energía solar,

desempeño, confiabilidad, así como costo y escala de financiamiento. Sobre la base de esta evaluación, los Miembros tomarán todas las decisiones necesarias con respecto a una mayor implementación del objetivo de la ISA. 4. La Asamblea toma todas las decisiones necesarias sobre el funcionamiento de la ISA, incluyendo la selección del Director General y la aprobación del presupuesto de funcionamiento. 5. Cada Miembro tiene un voto en la Asamblea. Los Observadores y las organizaciones Asociadas pueden participar sin derecho a voto. Las decisiones sobre cuestiones de procedimiento se toman por mayoría simple de los Miembros presentes y votantes. Las decisiones sobre cuestiones de fondo se adoptan por mayoría de dos tercios de los Miembros presentes y votantes. Las decisiones relativas a Programas específicos son tomadas por los Miembros que participan en este Programa. 6. Todas las decisiones adoptadas por el Comité Directivo Internacional de la ISA establecido por la Declaración de París sobre la ISA del 30 de noviembre de 2015 se someten a la aprobación de la Asamblea en su primera reunión. Artículo V Secretaría 1. Las Partes establecen una Secretaría para ayudarles en su trabajo colectivo en virtud del presente Acuerdo. La Secretaría se compone de un Director General, que es el Director Ejecutivo y otro personal que se requiera. 2. El Director General es elegido y responsable ante la Asamblea por un período de cuatro años, renovable por un período adicional. 3. El Director General es responsable ante la Asamblea del nombramiento del personal, así como de la organización y funcionamiento de la Secretaría, así como de la movilización de recursos. 4. La Secretaría prepará los temas sobre los cuales la Asamblea deberá tomar acción y ejecuta las decisiones que le encomienda la Asamblea. Se asegura de que se tomen las medidas apropiadas para dar seguimiento a las decisiones de la Asamblea y para coordinar las acciones de los Miembros en la aplicación de esas decisiones. La Secretaría, entre otras cosas, deberá: a) ayudar a los Puntos Focales Nacionales en la preparación de las propuestas y recomendaciones de los Programas presentados a la Asamblea; b) proporcionar orientación y apoyo a los Miembros en la ejecución de cada Programa, incluyendo la recaudación de fondos; c) actuar en nombre de la Asamblea, o en nombre de un grupo de Miembros que participen en un Programa en particular, cuando así lo soliciten; y en particular establecer contactos con las partes interesadas pertinentes; d) establecer y operar todos los medios de comunicación, instrumentos y actividades intersectoriales necesarios para el funcionamiento de la ISA y sus Programas, según lo aprobado por la Asamblea. Artículo VI Presupuesto y Recursos Financieros 1. Los costos de funcionamiento de la Secretaría y de la Asamblea y todos los costos relacionados con las funciones de apoyo y las actividades intersectoriales forman el presupuesto de la ISA. Los costos están cubiertos por: a) Contribuciones voluntarias de sus Miembros, Países Asociados, la ONU y sus organismos, así como otros países; b) Contribuciones voluntarias del sector privado. En caso de posible conflicto de intereses, la Secretaría remite el asunto a la Asamblea para que apruebe la aceptación de la contribución; c) Ingresos generados por actividades específicas aprobadas por la Asamblea. 2. La Secretaría presentará propuestas ante la Asamblea para establecer y mejorar un Fondo Corpus que generará ingresos para el presupuesto de la ISA, con dotación inicial de US $ 16 millones. 3. El Gobierno de la India contribuirá con US $ 27 millones a la ISA para la creación del corpus, la construcción de infraestructura y gastos recurrentes durante un período

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